Ciudad de México. El Régimen de Incorporación Fiscal (RIF) se eliminará a partir del próximo año, no admitirá nuevos contribuyentes, pero quienes ya tributan en él tendrán la opción de seguir igual o cambiar al Régimen Simplificado de Confianza (Resico), explicaron especialistas de la Procuraduría de la Defensa del Contribuyente (Prodecon).
A partir del próximo año el Servicio de Administración Tributaria (SAT) promoverá que los contribuyentes paguen sus impuestos a través del Resico. El objetivo es facilitar el cumplimiento con declaraciones precargadas por la autoridad y que se basan en los CFDI (Comprobante Fiscal Digital por Internet), comentaron.
Es por ello que desaparecerán el RIF y el Régimen de las actividades agrícolas, ganaderas, silvícolas y pesqueras, conocido como AGAPES. Sin embargo, en el caso del primero habrá la opción de seguir tributando a través de él o dar aviso al SAT, a más tardar el 31 de enero, para cambiar al Resico.
Los especialistas convocados a la semana de “Cultura Fiscal en Cinco rumbo al 2022” —durante la cual la Prodecon realiza foros y talleres para facilitar el cumplimiento de las obligaciones fiscales de emprendedores, jóvenes y demás público no especializado— explicaron que, “si los cálculos no mienten”, en general conviene más el Resico, pero habrá supuestos especiales en los que el RIF resulte favorable.
Este último se lanzó con la reforma hacendaria del 2014. Consistía en descuentos graduales para el pago de impuesto sobre la renta (ISR) en el plazo de una década, de hecho, en el primer año se exentaba de la contribución.
Los especialistas de la Prodecon detallaron que en general cualquier persona que está inscrita en el RIF puede seguir tributando en él hasta cumplir la década de descuentos, con excepción de quienes se dieron de alta en él después del 31 agosto de 2021.
Agregaron que en el caso del Régimen Simplificado de Confianza se dará de baja a los contribuyentes que no cumplan con sus obligaciones fiscales, que omita la presentación de tres o más pagos mensuales en un ejercicio fiscal o que no presenten la declaración anual y no podrán volverse a inscribir.
Si bien 2022 será un periodo de gracia en el que no apliquen estas sanciones, por ser un esquema nuevo, después de esa fecha se dejará en regímenes generales, donde las tasas pueden llegar hasta 35 por ciento en lugar del 1 por ciento del Resico, a quienes incumplan.