Por unanimidad, la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) declaró inconstitucional la llamada Ley Zaldívar, el artículo décimo tercero transitorio de la reforma a la Ley Orgánica del Poder Judicial de la Federación, que permitían ampliar por dos años más el periodo del ministro Arturo Zaldívar como presidente de este máximo tribunal.
Sin mayores discusiones, el Pleno de Ministros aprobó el proyecto del ministro Fernando Franco González Salas, donde se advertía que esta determinación constituía una violación a la Constitución y vulneraba la independencia del Poder Judicial Federal.
En esto coincidió la ministra Norma Lucía Piña Hernández, quien señaló que el transitorio impugnado “es a todas luces inconstitucional y atenta contra los pilares de la democracia, la división de poderes e independencia de los jueces”.
A su vez, el ministro Alberto Pérez Dayán señaló que la Constitución establece claramente que la presidencia en la SCJN tiene una duración de 4 años, sin posibilidad de reelección, por lo cual la Ley Zaldívar constituye una “contradicción palmaria” al orden constitucional.
Al inicio de la discusión, Zaldívar anunció que no se excusaría de participar en esta discusión, como había anunciado en meses anteriores, debido a que considera que no hay conflicto de interés, además de que se trata de un juicio constitucional en donde no hay partes formales en juicio.
La decisión de la SCJN también invalida la prórroga de dos años en los periodos de los integrantes del Consejo de la Judicatura Federal.