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SCJN acuerda mantener suspensión contra Panaut otorgada al IFT

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Edificio del Instituto Federal de Telecomunicaciones en la Ciudad de México. Foto Cuartoscuro / Archivo
20 de octubre de 2021 16:01

La Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) confirmó la suspensión provisional que otorgó al Instituto Federal de Telecomunicaciones (IFT) para no implementar el Padrón Nacional de Usuarios de Telefonía Móvil (Panaut), hasta que el máximo tribunal determine si este registro es o no constitucional.

Por cuatro votos contra uno, la Primera Sala del máximo tribunal desechó un recurso de reclamación interpuesto por el Poder Ejecutivo Federal en contra de la suspensión otorgada al IFT el 11 de junio pasado, por la ministra Norma Lucía Piña Hernández, al admitir a trámite la controversia constitucional 71/2021.

En su demanda, el IFT argumenta que la inversión inicial para el Panaut requeriría de 109 millones 864 mil pesos, más otros 88 millones 584 mil pesos para su operación anual.

La decisión confirmada este miércoles por la SCJN señala "Con el otorgamiento de la suspensión en los términos precisados, no se afectan la seguridad y economía nacionales, ni las instituciones fundamentales del orden jurídico mexicano, pues se busca asegurar provisionalmente la situación jurídica, el derecho o el interés de la parte actora y evitar se le cause un daño irreparable, respetando los principios básicos que rigen la vida política, social o económica del país, además que no se causa un daño mayor a la sociedad en relación con los beneficios que pudiera obtener el solicitante de la medida".

De esta manera, el IFT no estará obligado a gastar en el desarrollo del Panaut hasta que la SCJN resuelva el fondo de la controversia constitucional.

Este tema es independiente de los cientos de amparos promovidos por particulares en contra del Panaut, así como de otra controversia, promovida por el  Instituto Nacional de Acceso a la Información (INAI),  a quien la SCJN le negó la suspensión.

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