Ciudad de México. La Comisión Nacional de los Derechos Humanos (CNDH) dirigió la Recomendación 49/2021 a la titular de la Comisión de Derechos Humanos de la Ciudad de México (CDHCDMX), Nashieli Ramírez Hernández, por la falta de investigación exhaustiva del expediente de queja de una profesora con discapacidad psicosocial, que se vio afectada en sus derechos a la legalidad y seguridad jurídica, así como a la salud en el trabajo, igualdad y no discriminación.
Refirió que el 26 de febrero de 2021, la CDHCDMX emitió un Acuerdo de Improcedencia del expediente de queja presentada por la víctima, quien se sintió agraviada toda vez que consideró que no fueron atendidos los motivos por lo que acudió a este organismo. Su petición inicial se refería a las circunstancias de discriminación por docentes del Instituto de Educación Media Superior de la Ciudad de México (IEMS), derivado de su condición de discapacidad psicosocial.
Subsecuentemente, la víctima manifestó ser objeto de conductas discriminadoras y victimizantes en las actividades docentes que desempeñaba, cuyas circunstancias laborales no eran acordes a su estado de salud y funcionalidad.
En un comunicado, la CNDH señaló que derivado de la investigación que realizó se consideró procedente el agravio manifestado por la recurrente, debido a que acreditó no haber obtenido atención adecuada a sus solicitudes planteadas ante la CDHCDMX, en razón de que esa Comisión declaró que la petición era inadmisible por no subsistir la materia de la petición.
“La CDHCDMX omitió otorgar medidas de restitución a efecto de solicitar del IEMS las acciones necesarias para implementar ajustes razonables idóneos en el ámbito laboral de la recurrente, y atender las particularidades de la docente, además de que no se atendieron las recomendaciones del médico especialista del ISSSTE de que la mujer, por su condición de discapacidad psicosocial, solamente tenía que estar al frente de un grupo”, expuso el organismo nacional.
Ante este contexto, la CNDH solicitó a la CDHCDMX que se deje sin efectos el acuerdo del 26 de febrero de 2021, se proceda a la reapertura del expediente de queja y se informe de ello a la brevedad a la recurrente, así como al IEMS.