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Codhem cierra expediente de queja de maestro preso injustamente

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La organización Idheas informó que en mayo de 2000, Manuel Ramírez Valdovinos fue detenido y torturado para aceptar la responsabilidad de un homicidio que no cometió. Foto Del FB Justicia y Libertad para Manuel Germán Ramírez Valdovinos
18 de septiembre de 2021 15:44

Ciudad de México. La organización Litigio Estratégico en Derechos Humanos (Idheas) denunció que la Comisión de Derechos Humanos del Estado de México (Codhem) cerró el expediente de queja del profesor Manuel Germán Ramírez Valdovinos, quien fue privado de su libertad durante 21 años por un delito que no cometió, al concluir que “no cuenta con las evidencias que corroboren las irregularidades de las que se dolió (sic)”. Lo anterior, “pese a que existe un peritaje independiente que acredita los actos de tortura de los que fue víctima en el municipio de Acolman”.

Señaló que han transcurrido ocho años sin que exista una determinación clara en la que se valoren todas las pruebas que obran en el expediente. Frente a ello, y en representación de Ramírez Valdovinos, la organización anunció que presentarán un recurso de impugnación “con el propósito de visibilizar las omisiones en las que ha incurrido el organismo y lograr la reapertura del expediente de queja”.

Recordó que el 26 de mayo del año 2000 Ramírez Valdovinos fue detenido “de manera arbitraria y violenta por elementos de la policía judicial del estado de México. Posteriormente, fue golpeado y torturado para obtener la confesión de un supuesto homicidio” y fue sentenciado a 40 años de prisión.

Idheas refirió que a pesar de que de acuerdo con un dictamen técnico, el peritaje independiente fue realizado bajo los lineamientos y principios del “Protocolo de Estambul”, la Codhem desestimó esta prueba y señaló en su oficio de conclusión que tiene mayor relevancia un peritaje elaborado por la Tercera Visitaduría General de la Comisión Nacional de Derechos Humanos (CNDH) en el año 2016 — que niega los actos de tortura— por “ser un organismo público que no tenía interés en beneficiarlo o perjudicarlo”.

Destacó que esta decisión incumple con el artículo 37 de la Ley General para Prevenir, Investigar y Sancionar la Tortura, que establece que “no podrá restarse valor probatorio a los dictámenes médico-psicológicos por el hecho de haber sido realizados por peritos independientes”. Además, “del derecho que tienen las víctimas a presentar, en cualquier momento, todos los medios de prueba que estimen convenientes”.

Idheas recordó que el Comité de la Organización de las Naciones Unidas contra la Tortura (CAT), en sus observaciones finales sobre el séptimo informe periódico de México, instó a las autoridades del Estado mexicano a “asegurar que se respete en la práctica el justo valor probatorio de los informes de peritos médicos y psicólogos independientes acreditados”. Así como a “considerar la creación de institutos de medicina legal y ciencias forenses, que ejerzan sus funciones con plena independencia y bajo criterios estrictamente científicos”.

Resaltó que desde la sociedad civil se ha denunciado reiteradamente “la falta de independencia de los peritos y la falta de recursos humanos debidamente calificados para realizar las evaluaciones tanto en las procuradurías estatales como en las comisiones de derechos humanos”.

 

 

 

 

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