Ciudad de México. La Sala Especializada del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF) resolvió que el presidente Andrés Manuel López Obrador y Ana García Vilchis, encargada de la sección “Quién es Quién en las Mentiras”, de la conferencia matutina del jefe del Ejecutivo, así como los titulares del Centro de Producción de Programas Informativos y Especiales (Cepropie) y de la Coordinación General de Comunicación Social y Vocería del Gobierno de la República, adquirieron indebidamente tiempos en televisión y realizaron un uso indebido de recursos públicos para posicionar a Morena.
En sesión, el pleno señaló que lo anterior se determinó por la difusión de la conferencia matutina del pasado 7 de julio, específicamente por los pronunciamientos realizados en la citada sección, en torno al monitoreo de medios realizado por el INE y la UNAM y su cobertura específica sobre Morena en el marco del proceso electoral 2020-2021.
Se concluyó por mayoría que se realizaron apreciaciones subjetivas dirigidas a exponer que los ejercicios periodísticos citados buscaron afectar al partido en el poder frente a las demás opciones políticas.
Así, se vinculó a la Coordinación de Comunicación Social para que se elimine de las cuentas oficiales de redes sociales, así como el sitio de internet oficial, las expresiones de la conferencia matutina del 7 de julio que constituyeron las conductas sancionadas.
En tanto, a Morena se le impuso una multa de 17 mil 924 pesos, por su actitud pasiva para deslindarse de las manifestaciones que le beneficiaron.
Por otra parte, la Sala Superior del TEPJF confirmó la sanción aplicable al director de Cepropie, Erwin Frederick Neumaier y el vocero de la presidencia, Jesús Ramírez, por la difusión de la conferencia matutina del 23 de diciembre.
Confirmaron que el Órgano Interno de Control de la Presidencia y el jefe del Ejecutivo deben sancionarlos por emitir y difundir comentaron en contra de la alianza Va por México en el pasado proceso electoral.
Asimismo, los magistrados del TEJF revocaron por unanimidad la sentencia de la Sala Regional Toluca que anuló la elección de la diputación por el 19 Distrito Electoral con cabecera en Tacámbaro, Michoacán y, en consecuencia, confirmó la declaración de validez.