Ciudad de México. La jefa de Gobierno, Claudia Sheinbaum Pardo, entregó al Congreso capitalino una iniciativa de reforma que actualiza los precios de venta al público de la vivienda de interés social y popular y establece el valor de la vivienda sustentable, como parte de la estrategia para promover su construcción para población de menores ingresos y favorecer la disponibilidad para trabajadores derechohabientes de los organismos nacionales de vivienda en suelo urbano.
El proyecto modifica las leyes de Vivienda, Desarrollo Urbano, el Código Fiscal y la Norma de Ordenación 26 para Incentivar la Producción de Vivienda Sustentable, de Interés Social y Popular, para subsanar la omisión de no haber incluido los montos máximos de venta al público para la vivienda de tipo sustentable.
En todos los casos, se establecen los precios finales de venta de los proyectos de vivienda en función del valor de la Unidad de Medida y Actualización (UMA) que sustituye a la extinta Unidad de Cuenta de la Ciudad de México y confiere la facultad para proponer modificaciones al valor de la vivienda a las secretarías de Administración y Finanzas (SAF), Desarrollo Urbano y Vivienda (Seduvi), Servicios Metropolitanos (Servimet) y los institutos de Planeación Democrática y Prospectiva (IPDP) y de Vivienda (Invi), en función de las variaciones de los precios de materiales para construcción, la inflación y el costo del suelo.
En el caso de la vivienda de interés popular el precio máximo de venta al público pasa de cinco mil 400 unidades de cuenta a seis mil UMA (537 mil 720 pesos a su valor actual), y el precio establecido que no deberá exceder aumenta de nueve mil unidades a 10 mil 800 UMA (967 mil 896 pesos).
Para la vivienda de interés social en precio máximo de venta se actualiza cinco mil 400 a seis mil UMA y en el caso de la vivienda sustentable se incorpora con un rango de 10 mil 800 UMA a no más de 17 mil 314 (un millón 551 mil 680.68 pesos).
“Con las reformas propuestas en esta iniciativa se busca reducir los costos de la vivienda de interés social, interés popular y sustentable al permitir desarrollar un mayor número de viviendas en cada predio, lo que viabiliza la disminución de su costo y posibilita una mayor cobertura de la demanda de vivienda social en la ciudad”.
En la Norma de Ordenación 26 se formaliza la exclusividad del Invi, Servimet y los organismos públicos dedicados a la producción de vivienda de interés social, popular y sustentable para promoverla, la delimitación de los territorios y su respectiva zonificación, el número de niveles que podrán incrementar condicionados a la incorporación de los porcentajes de criterio de sustentabilidad en materia de ahorro de agua, energía, área libre de construcción y superficie privativa de vivienda para usos mixtas.
Dispone que para garantizar el precio de venta de las viviendas, el Registro Público de la Propiedad y de Comercio, al momento de la inscripción del régimen de propiedad en condominio, anotará en el folio real del predio que el inmueble se encuentra sujeto a la aplicación de la norma y que el precio de venta de la primera vivienda se mantendrá durante los siguientes cinco años, aplicando únicamente el factor de inflación anual.
Establece además la posibilidad de que la generación de vivienda bajo la norma se realice de manera individual por el Invi, Servimet, los organismos públicos de producción de vivienda, o con la participación de varias de estas entidades, así como de desarrolladores privados, “mediante la formalización de los instrumentos jurídicos que se consideren idóneos, incluido el fideicomiso, donde se establecerán los objetivos, derechos y obligaciones de cada una de las partes.