Ciudad de México. Las medidas fitosanitarias aplicadas para la importación de papa fresca de los Estados Unidos están justificadas por principios científicos o recomendaciones internacionales y análisis de riesgo de plagas, afirmó la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN), al negar un amparo promovido por la Confederación Nacional de Productores de Papa de la República Mexicana.
La Primera Sala del máximo tribunal declaró infundado el amparo promovido por los productores del tubérculo, en contra de loas artículo 54 y noveno transitorio del reglamento de la Ley Federal de Sanidad Vegetal, que eran impugnados por supuestamente ser demasiado laxos y poner en riesgo a los cultivos nacionales.
Sin embargo, el proyecto de sentencia aprobado por unanimidad, señala que las medidas previstas en las normas cuestionadas no son limitativas ni rígidas, y pueden complementarse, siempre y cuando haya suficientes bases científicas para ello.
“Debe precisarse que las normas reglamentarias combatidas no establecen medidas rígidas aplicables para la importación de la papa, sino que se presentan como medidas fitosanitarias condicionadas a que no sean sustituidas por otras emitidas por la SAGARPA”, señala el fallo de los ministros.
Los productores nacionales de papa han buscado frenar la importación del producto, luego que en abril pasado la SCJN declaró inválida la decisión de un juez de suspender este comercio, pues los ministros consideraron que este tipo de determinaciones deben obedecer a criterios científicos y económicos, y no a fallos judiciales.