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Vulneró AMLO equidad en la contienda en elecciones de SLP y NL: TEPJF

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El presidente Andrés Manuel López Obrador durante conferencia de prensa el pasado 30 de junio de 2021. Foto Luis Castillo
01 de julio de 2021 19:38

Ciudad de México. Al resolver un nuevo recurso del PRD en contra del presidente Andrés Manuel López Obrador, la Sala especializada del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación, consideró que el Jefe del Ejecutivo violentó de nueva cuenta la Constitución por sus pronunciamientos realizados respecto de los comicios locales de San Luis Potosí y Nuevo León los días 5, 6, 7 y 11 de mayo. De forma unánime, los magistrados estimaron que el mandatario rebasó las restricciones establecidas en el proceso electoral.

Durante la sesión pública de la Sala Especializada, se desahogó el recurso de inconformidad del PRD en el que denunciaba que López Obrador había afectado la equidad de la contienda al emitir un pronunciamiento durante la conferencia de prensa en relación a la posibilidad de que se anulara el registro de la candidata de Morena a gobernadora de San Luis Potosí, Mónica Rangel. En su momento, el presidente censuró esta posibilidad, lo cual fue considerado por los magistrados como injerencia en el proceso electoral potosino.

Al mismo tiempo, el PRD denunció que López Obrador había violado la Constitución al pronunciarse en torno a la presunta compra de votos del candidato a gobernador de Nuevo León del PRI-PRD, Adrián de la Garza a través de la distribución de una tarjeta. De acuerdo al proyecto presentado por el magistrado Luis Espíndola, el presidente se pronunció en contra de un candidato a gobernador y una opción política, incidiendo en la equidad de la contienda.

Se estima que las manifestaciones de López Obrador “ impactaron de manera relevante en la población, por lo que se le consideró que en su actuación es responsable de la vulneración principio de equidad en SLP y NL y uso indebido de recursos públicos”.

Los magistrados estimaron que el presidente tiene especial deber de cuidado en sus posturas públicas en procesos electorales, por lo que este pronunciamiento violó el artículo 41 constitucional.

En la resolución también se vinculó como responsables, al participar en la difusión de la conferencia matutina a los titulares de la Coordinador Nacional de Comunicación Social de la Presidencia y de Centro de Producción de Programas Informativos y Especiales.

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