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Sin efecto retroactivo las resoluciones sobre extinción de dominio: SCJN

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Recinto de la Suprema Corte de Justicia de la Nación en la Ciudad de México. Foto Víctor Camacho / Archivo
21 de junio de 2021 16:34

La Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) concluyó el análisis sobre la constitucionalidad de la Ley Nacional de Extinción de Dominio (LNED), donde señaló que esta medida es un juicio civil, independiente de procesos penales, que solo puede aplicarse sobre bienes de origen ilícito, que debe tener un plazo y no es imprescriptible.

Luego de toda una semana que el máximo tribunal del país dedicó a resolver la acción de inconstitucionalidad que la Comisión Nacional de Derechos Humanos (CNDH) presentó contra la LNED, el ministro presidente, Arturo Zaldívar Lelo de Larrea afirmó que las decisiones que tomaron son sólidas.

“De esta forma queda definitivamente resuelto este asunto que fue de una enorme complejidad e importancia, que nos preocupó más de una semana, pero creo que valió la pena que se haya llegado a una decisión muy sólida por parte de este Tribunal pleno, en una de las leyes que habían generado mayor preocupación a ciertos sectores de la sociedad y con lo cual se demuestra una vez más la independencia y autonomía de este Tribunal constitucional”, sostuvo Zaldívar.

La SCJN eliminó cualquier posibilidad de dar efectos retroactivos a sus determinaciones, toda vez que no se trata de un tema penal que pueda afectar la libertad de los implicados en casos abiertos sobre extinción de dominio.

Así lo planteó la ministra Yasmín Esquivel Mossa: “los procedimientos ya empezados con base en los elementos de la acción de extinción de dominio que han sido declaradas inconstitucionales deberán concluirse conforme los términos en que iniciaron pues si esos elementos se utilizaron con anterioridad a la notificación de esta ejecutoria, eso significa que en ese momento gozaban de presunción legal de validez surtiendo sus consecuencias jurídicas”.

Por unanimidad, se definió que las decisiones de la SCJN sobre la LNED tendrán efecto hasta que se notifique de la sentencia al Congreso de la Unión, lo que significa que sólo los juicios abiertos después de esa fecha tendrán que llevarse bajo las definiciones tomadas por el Pleno de Ministros.

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