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Proponen invalidar fragmentos de la Ley de Extinción de Dominio

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La ministra de la SCJN, Norma Lucía Piña Hernández, presentará un proyecto que propone la inconstitucionalidad de algunas fracciones de la Ley Nacional de Extinción de Dominio, con las que se violarían los derechos humanos. Foto Cuartoscuro / Archivo
10 de junio de 2021 16:52

Ciudad de México. La ministra Norma Lucía Piña Hernández propuso a la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) declarar inválidas varias porciones de la Ley Nacional de Extinción de Dominio (LNED), promulgada el 9 de agosto de 2019, debido a que violan los derechos humanos.

Al concluir la sesión del Pleno de este jueves, el presidente del máximo tribunal, Arturo Zaldívar Lelo de Larrea, anunció que la discusión de la acción de inconstitucionalidad 100/2019, promovida por la Comisión Nacional de Derechos Humanos (CNDH) contra la LNED, iniciará a partir del lunes próximo.

El proyecto de la ministra Piña propone la inconstitucionalidad de la fracción del artículo 11 de la LNED, donde señala que la extinción de dominio “es imprescriptible en el caso de bienes que sean de origen ilícito.”

Se afirma que esta norma atenta contra el derecho a la seguridad jurídica, pues permite que la autoridad no tenga ningún plazo para actuar, generando incertidumbre en las personas y que además esta disposición no tiene sustento en la Constitución.

Piña también propone la invalidez del artículo 228 en la porción que permite la venta anticipada en caso de que “dicha enajenación sea necesaria dada la naturaleza de dichos bienes”, es decir, se faculta a las fiscalías a traspasar el dominio de lo asegurado, aunque no haya concluido el proceso legal que determine si efectivamente fueron fruto, o utilizados, en algún delito.

El proyecto da la razón a la CNDH por considerar que el texto del artículo es vago e impreciso, por lo cual se presta a abusos: “permite la arbitrariedad por parte de la autoridad, pues bastará con que se invoque la naturaleza del bien -cualquiera que esta sea-, para que justifique la procedencia de su enajenación de forma previa a la conclusión del procedimiento de extinción".

De igual manera, se propone invalidar otras porciones de la LNED, como la que faculta exclusivamente a la Fiscalía General de la República para ejercer la extinción de dominio, sin tomar en cuenta que también hay delitos del orden local donde puede proceder este recurso.

Parte de la discusión en la SCJN será si puede dar o no efectos retroactivos a su fallo, pues por tratarse de un tema con aspectos penales, podría ordenar revertir la venta de bienes decomisados por la autoridad desde 2019, que ya han sido vendidos con base en la LNED.

Para que el Pleno de Ministros pueda declarar la invalidez de las normas impugnadas de este ley, será necesario que alcance una mayoría calificada de 8 votos.

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