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FGR y defensa discuten si García Cabeza de Vaca pagó o no ISR

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Fiscal Elizabeth Alcantar Cruz en el dictamen de la Sección Instructora relativo al caso del gobernador de Tamaulipas, Francisco García Cabeza de Vaca. Al fondo en el tablero Alonso Aguilar Zínser, abogado del gobernador, el 30 de abril de 2021. Foto cortesía para 'La Jornada'
30 de abril de 2021 15:59

La Fiscalía General de la República (FGR) y la defensa de Francisco García Cabeza de Vaca centraron sus alegatos ante la Cámara de Diputados en si el gobernador de Tamaulipas cumplió o no su obligación de pagar el ISR por la venta de un departamento de lujo en Santa Fe, a partir de la acusación de que la omisión de sus obligaciones tributarias configuran el delito de defraudación fiscal equiparada.

Al explicar ante el pleno de la cámara -erigida en jurado de procedencia- por qué se solicita el desafuero del panista, la fiscal Elizabeth Alcantar Cruz, adscrita a la Unidad Especializada en Investigación de Operaciones con Recursos de Procedencia Ilícita y de Falsificación o Alteración de Moneda de la FGR, dijo que para la operación, García Cabeza de Vaca utilizó una empresa fantasma.

Agregó que por la venta del inmueble, en la zona de Santa Fe, el Ejecutivo estatal recibió directamente en una cuenta bancaria, 46 millones 927 mil pesos de la firma fantasma, pero que en su declaración tributaria del 30 de abril de 2019 solo reportó ingresos acumulables por 6.9 millones y enajenación de dos inmuebles.

“De lo que se advierte que sus ingresos reales fueron de 46.9 millones solamente en esa cuenta. Es decir, al consignar solo 6 millones se actualizó la hipótesis normativa de que omitió ingresos enormes, casando daño al fisco. El cálculo de la Procuraduría Fiscal de la Federación, que dio vista a la FGR, es un perjuicio de 6 millones 511 mil 77 pesos como daño al fisco federal”, explicó. 

En respuesta, vía remota, el abogado de Cabeza de Vaca, Alonso Aguilar Zínser, afirmó que el departamento de lujo lo tenía el gobernador en copropiedad con su esposa y justificó que no todo depósito que se recibe constituye un ingreso gravable para efectos fiscales.

No se tomó en cuenta, dijo, que si bien el dinero de la propiedad se depositó en la cuenta del gobernador, tanto este como su esposa presentaron por separado su declaración del ISR respectivo, el 30 de abril de 2020.

Expuso que en el dictamen de la Sección Instructora no se consideró, porque no obra en la carpeta, la escritura pública donde ambos aparecen como co propietarios

La fiscalía vio estados de cuenta y sus declaraciones “y vio que solo se había pagado la mitad porque no tenía conocimiento del contrato de compra venta. Si no, no hubiera formulado la querella”.

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