La compra de bienes y servicios para la salud por parte del gobierno federal, a través de organismos internacionales, como la Oficina de Servicios para Proyectos de las Naciones Unidas (UNOPS), es válida cuando el gobierno enfrenta situaciones de emergencia, como la actual pandemia de Covid-19, señaló una jueza federal, al resolver un amparo contra las reformas a la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios Públicos (LAASP), promulgadas el 11 de agosto del año pasado.
Estas reformas fueron impugnadas por varias empresas farmacéuticas, quienes consideraron que dichas reformas los dejaban en desventaja para obtener contratos del gobierno federal.
Sin embargo, la jueza Yadira Medina Alcántara, titular del Juzgado Tercero de Distrito en Materia Administrativa, señaló que la medida es justificada en casos especiales: "Y solo ante el evento de que, previa valoración del propio Estado, solo existan proveedores extranjeros que puedan prestar el objeto indispensable para la licitación pública, podrá aplicarse por excepción el procedimiento de adjudicación contenido en el artículo reclamado".
El gobierno federal modificó la LAASP en busca de tener un acceso más expedito a los medicamentos e insumos médicos, incluidas vacunas, que son de mayor demanda internacional debido a la pandemia.
El fallo de la jueza advierte también que el Estado debe tomar en cuenta a los proveedores nacionales: “deberá analizar si dentro de la industria nacional existen personas en la rama que puedan participar, caso en el cual, para solventar los principios de eficacia, eficiencia y honradez, deberá verificarse la regla general de licitación pública; con excepción de aquellos en los cuales se genera la necesidad de una adjudicación directa o invitación restringida”.
Este es el primer fallo que se emite sobre los amparos promovidos contra la LAASP, por lo cual se espera que el gobierno los impugne y eventualmente el tema tenga que ser definido por la Suprema Corte de Justicia de la Nación.