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Critica Coparmex local reforma para padrón de usuarios de telefonía móvil

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Para la Coparmex Ciudad de México, la reforma a la Ley Federal de Telecomunicaciones y Radiodifusión para recrear el Registro de Usuarios de Telefonía Móvil, pone en riesgo la privacidad y el patrimonio de los ciudadanos. Foto Luis Castillo / Archivo
14 de abril de 2021 12:48

Ciudad de México. Para la Coparmex Ciudad de México la reforma a la Ley Federal de Telecomunicaciones y Radiodifusión para recrear el Registro de Usuarios de Telefonía Móvil, aprobada en el Senado de la República, pone en riesgo la privacidad y el patrimonio de los ciudadanos.

En ese tenor el organismo hizo un llamado al poder ejecutivo para que revise con cuidado el proyecto y sus implicaciones antes de publicarlo en el Diario Oficial por considerar que en los términos en los que fue planteado viola los derechos humanos de los usuarios.

Indicó que la disposición viola el principio de presunción de inocencia, al asumir que la persona responsable de una línea registrada, automáticamente será responsable por cualquier delito asociado a un número que podría ser utilizado por cualquier persona.

“La creación de un registro cuyo manejo será altamente sensible por la naturaleza de los datos biométricos que contendrá, cualquier filtración o acceso no autorizado representaría una seria violación a la privacidad de la ciudadanía, de forma irreversible y que podría poner en riesgo incluso su patrimonio por ser información que se utiliza para proteger su acceso a cuentas bancarias y sistemas financieros”, agregó.

Por otra parte limita el derecho a la libertad de expresión al limitar la capacidad de los ciudadanos de comunicarse por tratase de una política orientada al control y vigilancia de la población, agrega.

Asimismo incrementa la brecha digital y limita el acceso a la comunicación de grupos vulnerables y marginados, al imponer nuevas barreras al acceso de líneas telefónicas y ordenar la cancelación de las líneas cuyos usuarios no se registren, añade.

El organismo considera de igual forma que “atenta contra el mandato constitucional de que nadie puede ser molestado en su persona, familia, domicilio, papeles o posesiones sin mandato escrito de una autoridad competente, y representa una violación al mandato de los artículos 189 y 190 de la Ley Federal de Comunicaciones que obliga a los operadores de telecomunicaciones a colaborar con las instancias de seguridad, procuración y administración de justicia y proporcionar diversa información de los usuarios de telecomunicaciones, previo mandamiento por escrito, fundado y motivado de la autoridad competente”.

Agrega que de la misma firma, “viola la irretroactividad de la Ley, sancionando a usuarios a acatar normas que no estaban vigentes en la fecha de la contratación de su servicio bajo la pena de cancelar su línea telefónica”.

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