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Exhorta AMLO a servidores públicos a cumplir normativa electoral

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Fragmento del acuerdo emitido por el Ejecutivo a través del DOF. Imagen tomada del sitio https://www.dof.gob.mx/
13 de abril de 2021 12:38

El presidente Andrés Manuel López Obrador emitió este martes un acuerdo mediante el cual exhorta a los servidores públicos de las dependencias y entidades de la administración federal a cumplir con la normativa en materia electoral respecto a la ejecución de los programas sociales y aplicación de los recursos públicos, con el objetivo de “garantizar los principios de imparcialidad y equidad en los procesos electorales” que se encuentran en marcha.

Por medio de un acuerdo emitido este martes en el Diario Oficial de la Federación, el mandatario advierte a los funcionarios federales que están tipificadas conductas que atenten contra la imparcialidad que deben guardar los servidores públicos durante los procesos electorales.

Con independencia del marco jurídico, agregó, uno de los objetivos de su administración es “respetar el estado democrático, la libertad de elección de todos los ciudadanos, el rechazar el fraude electoral en todas sus vertientes, así como el impulsar el comportamiento ético tanto en los servidores públicos como en los ciudadanos, tal y como lo manifesté el pasado 23 de febrero de 2021 a los Gobernadores de las entidades federativas, invitándolos a sumarse al Acuerdo Nacional por la Democracia, a efecto de que se refrende el compromiso de mantener una actitud de equidad en los procesos electorales que están próximos a realizarse en diversas entidades federativas”.

En el documento se conmina a los servidores públicos a evitar el asistir a eventos proselitistas en horas y días hábiles; manifestar apoyo en cualquier medio de comunicación en favor de alguna candidatura o partido político; registrarse como representantes de partidos políticos ante la autoridad electoral, o difundir en los medios de comunicación social campañas de propaganda gubernamental pautadas con recursos públicos, con excepción de las relativas a servicios educativos y salud, así como las necesarias para la protección civil en casos de emergencia.

También se recuerda la prohibición para difundir propaganda gubernamental que contenga nombres, imágenes, voces o símbolos que impliquen promoción personalizada de cualquier servidor público; mensajes destinados a influir en las preferencias electorales, a favor o en contra de aspirantes, precandidatos, candidatos o partidos políticos; menciones al proceso electoral o expresiones vinculadas a éste como "voto", "sufragio", "comicios; "elección", "elegir", "proceso electoral" y cualquier otra similar.

Las disposiciones señalan que los servidores públicos deben abstenerse de emitir mensajes con contenido discriminatorios, sexistas o contrarios a los valores, principios y derechos constitucionales; así como mensajes que busquen ejercer presión en la ciudadanía para orientar el sentido de su voto.

Está prohibido, además, poner bienes o recursos públicos a disposición de candidatos o partidos políticos; instalar casillas en casas habitadas por servidores públicos; utilizar o condicionar programas sociales y/o recursos públicos, y comisionar al personal a su cargo para actividades electorales o permitir que se ausenten de sus labores para esos fines.

A la vez, deben abstenerse de recoger o retener la credencial de elector, así como amenazar con hacerlo, a cambio de realizar alguna conducta electoral específica.

Tras recordar que en el artículo 41 Constitucional establece que durante las campañas electorales federales y locales, y hasta que concluya la jornada comicial, se deberá suspenderse la difusión en los medios de comunicación social de toda propaganda gubernamental, tanto de los poderes federales, como de las entidades federativas, así como de los Municipios, de las demarcaciones territoriales de la Ciudad de México y cualquier otro ente público, recordó que la Ley General de Instituciones y Procedimientos Electorales, prevé diversas infracciones por no cumplir con las normas en la materia.

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