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Podrían sancionar a medios que difundan 'Mañanera' durante elecciones: TEPJF

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Magistradas y magistrados de la Sala Superior del TEPJF durante sesión. Imagen cortesía TEPJF
31 de marzo de 2021 21:28

Ciudad de México. La Sala Superior del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación advirtió a los concesionarios de radio y televisión que opten por transmitir de manera completa o parcial las conferencias mañaneras, en entidades donde se están desarrollando campañas electorales, que incurren en un alto riesgo de transgredir la restricción constitucional de difundir propaganda gubernamental y por tanto de ser sancionados.

Ello porque las emisiones se hacen en vivo y es imposible separar los contenidos que posiblemente impliquen una infracción electoral de aquellos con carácter informativo.

En sesión pública, donde también decidieron regresar a la Sala Regional Especializada el caso de los Servidores de la Nación para que hagan un nuevo análisis del tema y determinen si el presidente Andrés Manuel López Obrador y altos funcionarios cometieron alguna infracción electoral durante la gestión de los programas sociales, los magistrados enfatizaron que los empresarios de la radio y la televisión no tienen obligación legal de trasmitir las conferencias mañaneras del jefe del ejecutivo federal ya sea de manera total o parcial.

A lo que sí están obligados es a no emitir propaganda gubernamental en aquellos lugares donde se desarrollen campañas electorales, subrayaron.

Por lo que hace a los servidores públicos, los integrantes de la Sala Superior dijeron que tienen el deber de cuidar que sus mensajes no contengan elementos dirigidos a influir en las preferencias electorales o en la opinión pública durante los procesos electorales.

Cuando un funcionario convoca, organiza o participa en una conferencia para difundir logros de gobierno, incurre en la difusión de propaganda gubernamental en medios, lo cual está prohibido durante las campañas y hasta el día de los comicios, enfatizaron.

Al resolver quejas de concesionarios sancionados por transmitir las “mañaneras” de manera íntegra en estados donde hubo elecciones durante 2019 y 2020, los magistrados dijeron que la información gubernamental debe tener un carácter institucional y abstenerse de elementos que constituyan propaganda política, personalizada o electoral, logros de gobierno o información dirigida a incidir en las preferencias electorales.

La sala superior resaltó que las conferencias mañaneras constituyen un modelo de comunicación gubernamental que comprende información de interés público, pero estas no pueden sustraerse del marco constitucional y legal vigente, en especial las restricciones en materia de propaganda electoral.

 

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