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CRE, Cenace y CFE, obligadas a acatar frenos a ley eléctrica: juez

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Juan Pablo Gómez Fierro concedió otras tres suspensiones definitivas. Las empresas beneficiadas fueron Eólicas Tres Marías; Cogeneración de Energía Limpia, y Proyectos Hidroeléctricos de Puebla, con lo cual suman 76 medidas cautelares que frenan por el momento la enmienda que promovió el presidente Andrés Manuel López Obrador. Foto Cristina Rodríguez / Archivo
25 de marzo de 2021 11:55

Ciudad de México. Además de la Secretaría de Energía (Sener), el Juzgado Segundo de Distrito en Materia Administrativa, Especializado en Competencia Económica señaló que la Comisión Reguladora de Energía, el Centro Nacional de Control de Energía y la Comisión Federal de Electricidad están obligadas a cumplir con las suspensiones definitivas concedidas a empresas contra la entrada en vigor de la llamada reforma eléctrica, aún en el supuesto de que no hubieren sido llamadas como responsables.

El juez agregó que en cumplimiento a la suspensión definitiva decretada en los incidentes de suspensión 118/2021, 119/2021, 120/2021, 121/2021, 122/2021, 123/2021, 124/2021, 125/2021, 126/2021, 127/2021, 129/2021, 142/2021, 145/2021 y 153/2021, la Sener ya formalizó la suspensión temporal de las reformas a la LIE.

Sin embargo, el togado aclaró a las autoridades responsables y vinculadas con el cumplimiento de la suspensión también deberá continuar durante el tiempo que se encuentre vigente la medida cautelar hasta que se resuelva el juicio de amparo.

Al conceder una nueva suspensión definitiva al corporativo Proyectos Hidroeléctricos de Puebla, que también impugnó la reforma a la Ley de la Industria Eléctrica Ley (LIE), el juez Juan Pablo Gómez Fierro, indicó que de acuerdo al artículo 262, fracción III, de la ley de Amparo, se impondrá pena de tres a nueve años de prisión, multa de cincuenta a quinientos días, destitución e inhabilitación para desempeñar otro cargo, empleo o comisión públicos al servidor público que no obedezca un auto de suspensión debidamente notificado, independientemente de cualquier otro delito en que incurra.

En ese sentido manifestó que dado los alcances generales de la suspensión definitiva, y para que la medida cobre plenos efectos, es necesario que se les informe a todos los participantes del mercado eléctrico mayorista así como a los particulares que realizan alguna actividad en el sector eléctrico o que están en trámite para ingresar a dicho sector, que durante la vigencia de la medida cautelar, se suspenden todos los efectos y consecuencias derivados del “decreto por el que se reforman y adicionan diversas disposiciones de la Ley de la Industria Eléctrica”, publicado en el Diario Oficial de la Federación el nueve de marzo de 2021.

Por ello expresó que se restablece provisionalmente la vigencia de los artículos 3°, 4°, 12, 26, 35, 53, 101, 108 y 126, así como el régimen transitorio que estaba previsto en la legislación en cita hasta antes de la entrada en vigor del decreto.

Juan Pablo Gómez Fierro concedió otras tres suspensiones definitivas. Las empresas beneficiadas fueron Eólicas Tres Marías; Cogeneración de Energía Limpia, y Proyectos Hidroeléctricos de Puebla, con lo cual suman 76 medidas cautelares que frenan por el momento la enmienda que promovió el presidente Andrés Manuel López Obrador.

En su resolución, el impartidor de justicia insistió que el esquema que operaba antes de los cambios aprobados a la LIE, “no sólo ha permitido el desarrollo del sector eléctrico, sino que además ha incentivado la producción y el uso de energías limpias dentro del territorio nacional, con todas las ventajas que ello trae para la protección al medio ambiente y la salud de la población en general”.

Advirtió que “no es factible afirmar que, al permitir que se siga aplicando una normatividad que impulsa la competencia en el sector eléctrico y el uso de energías limpias, se está atentando contra el interés general del país”.

Añadió que no pasa inadvertido que en la iniciativa que dio origen al decreto reclamado se expresa con toda claridad que las modificaciones y reformas tienen como fin último fortalecer a la Comisión Federal de Electricidad (CFE) para beneficio del interés nacional.

Pero, dijo, “ningún acto, bajo la justificación de cumplir con dicho fortalecimiento, puede desconocer el contenido de la Constitución, en donde se previó un modelo orientado, entre otras cosas, a garantizar la libre concurrencia de agentes económicos en la generación y suministro de electricidad, así como transitar hacia un mayor uso de energías limpias”.

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