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Rechazan jueces amparar a escuelas que quieren reanudar clases presenciales

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En sus demandas de amparo, los dueños de los planteles privados han impugnado disposiciones de las autoridades federales y estatales, que impiden el regreso a clases hasta que en la respectiva entidad el semáforo sanitario no se encuentre en verde. Foto 'La Jornada' / Archivo
15 de marzo de 2021 10:46

Jueces federales han rechazado amparar a escuelas particulares que buscan reanudar las clases presenciales, pese a la contingencia sanitaria por el Covid-19.

En sus demandas de amparo, los dueños de los planteles privados han impugnado disposiciones de las autoridades federales y estatales, que impiden el regreso a clases hasta que en la respectiva entidad el semáforo sanitario no se encuentre en verde.

Por ejemplo, la asociación civil Guarderías Privadas de la Ciudad de México impugnó la decisión del gobierno capitalino de no incluir a este sector como una actividad esencial, clasificación que les permitiría reanudar actividades, aún con semáforo rojo, aunque con algunas restricciones.

Entre las actividades esenciales, el gobierno capitalino incluye al sector farmacéutico, financiero, energético, agua potable y de abasto, entre otros.

En su demanda, la asociación argumentaba que la reapertura de sus negocios era necesaria para permitir que los padres de familia se reintegraran a sus trabajos y que su objetivo era admitir a sólo el 30 por ciento de su matrícula, para guardar la sana distancia.

Aunque el Juzgado Décimo de Distrito en Materia Administrativa admitió a trámite su amparo, le negó la suspensión definitiva, al señalar que debe prevalecer el principio del interés superior del niño para evitar poner a los menores en situaciones de riesgo.

La asociación ya apeló esta decisión ante un tribunal colegiado.

En otro caso, la escuela Montessori de la Condesa fue más general e impugnó el acuerdo número 02/03/20 de la Secretaría de Educación Pública (SEP), en el que se ordenó la suspensión de clases, desde preescolar hasta las normales.

El Juzgado Cuarto de Distrito en Materia Administrativa también negó en este caso la suspensión provisional.

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