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Retiran amparo contra orden de captura a Jaime Slomianski

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Jaime Slomianski, ex titular de la Agencia de Gestión Urbana capitalina en imagen de archivo. Foto La Jornada
09 de marzo de 2021 19:10

El ex titular de la Agencia de Gestión Urbana capitalina, Jaime Slomianski Aguilar podrá ser detenido en cualquier momento, luego de que el Juzgado Cuarto de Distrito de Amparo en Materia Penal de primer circuito, dejó sin efectos la suspensión provisional que le otorgó contra la orden de aprehensión por su probable participación en la comisión del delito cometidos por servidores públicos, debido a que no se ha presentado a comparecer.

En septiembre del año pasado, la Fiscalía General de Justicia de la Ciudad de México (FGJCDMX) inició la búsqueda de Slomianski Aguilar, así como de varios de sus colaboradores, quienes tienen orden de aprehensión por su presunta participación en el delito cometido por servidores públicos, al causar daño a la hacienda pública por 29 millones 454 mil 238 pesos.

Lo anterior, luego de que el agente del Ministerio Público determinó que los imputados contrataron empresas de asesoría de tipo técnico y administrativo para la planeación, ejecución, evaluación y control del proceso de obra pública y servicios relacionados, pese a que la institución contaba con ese tipo de actividades y eran innecesarios dichos contratos.

En enero, la juez María Dolores Núñez Solorio, titular de dicho juzgado le otorgó la suspensión provisional para evitar su captura. Una de las condiciones para que surtiera efectos la medida era que el quejoso acudiera ante la autoridad judicial responsable a fin de responder los cargos que le atribuyen.

Sin embargo, desde que los órganos jurisdiccionales reanudaron labores el 22 de febrero de este año, Slomianski Aguilar no compareció. “Se hace efectivo el apercibimiento decretado en la suspensión provisional. Esto es, deja de surtir efectos la suspensión provisional concedida. Lo anterior, comuníquese a las autoridades responsables que aceptaron la existencia de la orden reclamada, que queda expedita su facultad para ejecutar dicho acto” señaló el impartidor de justicia en su resolutivo.

 

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