Ciudad de México. El Ejecutivo Federal a través de la Secretaría de Energía publicó esta tarde el decreto por medio del cual se realizan diversas modificaciones y adiciones a la Ley de la Industria Eléctrica (LIE) recientemente aprobada por el Congreso.
Mediante una edición vespertina del Diario Oficial de la Federación (DOF), se establece entre otras disposiciones, que los permisos de autoabastecimiento otorgados o tramitados al amparo de la Ley del Servicio Público de Energía Eléctrica, que continúen vigentes, obtenidos en fraude a la ley, deberán ser revocados por la Comisión Reguladora de Energía.
Además, los Contratos de Compromiso de Capacidad de Generación y Compraventa de Energía Eléctrica suscritos con productores independientes de energía al amparo de la Ley del Servicio Público de Energía Eléctrica, deberán ser revisados a fin de garantizar su legalidad y el cumplimiento del requisito de rentabilidad para el Gobierno Federal.
Estos contratos, en su caso también deberán ser renegociados o terminados en forma anticipada, señala el texto.
El Decreto entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el Diario Oficial de la Federación y la Secretaría de Energía, la Comisión Reguladora de Energía y el Centro Nacional de Control de Energía, dentro del ámbito de su competencia, dispondrán de un plazo máximo de 180 días naturales, contados a partir de la entrada en vigor del presente Decreto, para realizar las modificaciones que sean necesarias a todos los acuerdos, resoluciones, lineamientos, políticas, criterios, manuales y demás instrumentos regulatorios expedidos en materia de energía eléctrica, con el fin de alinearlos.