La mayoría de los ministros de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) se pronunció a favor de mantener acciones afirmativas a favor las mujeres para tener acceso al servicio de las estancias infantiles.
Al analizar la acción de inconstitucionalidad promovida por la Comisión Nacional de Derechos Humanos (CNDH), contra la Ley que Regula el Funcionamiento de los Centros de Atención y Cuidado Infantil para la Ciudad de México, los ministros señalaron que las acciones afirmativas son necesarias hasta en tanto no exista una real equidad de género.
La norma impugnada es un párrafo del artículo 27 de dicha ley, que señala que tendrán prioridad para ser inscritos los hijos “De madres entre 12 y 22 años 11 meses de edad, que comprueben estar inscritas en los niveles básico, medio superior o superior del sistema educativo nacional y que por asistir a la escuela no puedan proporcionar la atención y cuidados necesarios a sus hijas e hijos”.
La CNDH afirmaba que la norma discriminaba a los padres solteros que también tienen necesidad del servicio para poder atender a sus hijos y seguir trabajando o estudiando.
La ministra Norma Lucía Piña Hernández señaló que no toda acción afirmativa es discriminatoria y argumentó que en este caso la norma impugnada “No es discriminación a hombres, otorga preferencia a las mujeres para construir un piso parejo que hoy no existe”.
Citó cifras oficiales que señalan que en todo el país existen más de 11millones de familias encabezadas por madres solteras, mientras que únicamente hay 380 padres en la misma condición, por lo cual la ley analizada solo responde a una realidad, la cual demanda dar un trato preferente a un grupo en desventaja.
En el mismo sentido, la ministra Margarita Ríos Farjat señaló que la norma impugnada no hace exclusiones, sino fija prioridades y responde a una situación que impide la verdadera igualdad entre hombres y mujeres.
Así, la acción de inconstitucionalidad de a CNDH fue rechazada por diez de los once ministros, sin embargo, el proyecto de sentencia fue returnado, por lo cual formalmente no hay una aún una sentencia de la SCJN, aunque si la decisión de que el nuevo proyecto tendrá que ser elaborado con base en el criterio de la mayoría.