Ciudad de México. La Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) invalidó algunos de los artículos de la Ley de Educación para el Estado de Tlaxcala, que fueron impugnados debido a que atañen directamente a las comunidades indígenas y a las personas con discapacidad, sin embargo, no se consultó a estos sectores de la población para su aprobación.
Por unanimidad, el Pleno de Ministros avaló esta decisión, en donde por primera vez modifica el criterio similar adoptado en casos similares, en donde invalidaba la totalidad de la norma impugnada. En esta ocasión la declaración de inconstitucionalidad únicamente se aplicará en los artículos que hablan específicamente de indígenas y personas con alguna discapacidad.
El ministro presidente, Arturo Zaldívar Lelo de Larrea, explicó que de esta manera que eliminan los efectos extremos de las decisiones de la Corte, pues de aplicarse el criterio anterior “habríamos dejado a Tlaxcala sin ley de educación”, detalló.
Además, la SCJN dispuso que los efectos de su fallo tengan validez hasta dentro de un año, para dar tiempo al legislativo estatal a realizar la consulta entre las comunidades indígenas y personas con discapacidad, además de que se espera que para esa fecha ya se hayan superado los efectos de la pandemia por Covid-19.