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Desde mañana entra en vigor reforma que permite enjuiciar al Presidente

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Fachada principal de Palacio Nacional en el Centro Histórico de la Ciudad de México. Foto María Luisa Severiano / Archivo
19 de febrero de 2021 11:52

Mañana entra en vigor la reforma constitucional por medio de la cual el Presidente de la República puede ser enjuiciado durante el tiempo de su encargo.

El Diario Oficial de la Federación (DOF) publicó hoy las modificaciones a los artículos 108 y párrafos cuarto del 111 por el cual el titular del Ejecutivo “podrá ser imputado y juzgado por traición a la patria, hechos de corrupción, delitos electorales y todos aquellos delitos por los que podría ser enjuiciado cualquier ciudadano o ciudadana”.

En los artículos transitorios de este decreto queda especificado además que se derogan todas las disposiciones opuestas al mismo.

Además, se establece que para proceder penalmente contra el Presidente de la República “sólo habrá lugar a acusarlo ante la Cámara de Senadores” la cual resolverá con base a la legislación penal aplicable.

 

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Necesario, que el proyecto de sentencia se apruebe, para que antes del 22 de julio la comisión del partido atienda esta resolución y no continúe el camino de la ilegalidad en el partido, dijeron. Lo anterior, porque según la convocatoria del PRI, a partir del próximo lunes podrán registrarse todas las fórmulas que buscan dirigir al tricolor.

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Es clara la necesidad de acabar con la impunidad y de impulsar la reforma para que los pobres no permanezcan encarcelados, mientras los capos obtienen fácilmente su libertad, dijo.
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