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SCJN analizará amparo contra Ley General de Educación

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Este es el primero de varios amparos que escuelas particulares promovieron en contra de la actual Ley General de Educación, modificada para revertir la llamada “reforma educativa” del sexenio anterior. Foto María Luisa Severiano / archivo
09 de febrero de 2021 15:58

La Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) discutirá este miércoles un proyecto de sentencia que ratifica la autoridad de la Secretaría de Educación Pública (SEP) para regular abusos en las colegiaturas, y aclara la interpretación que se debe dar a la disposición que señala que los inmuebles dedicados al servicio de la educación son parte del Sistema Educativo Nacional (SNE).

Se trata de un amparo promovido por la escuela privada con la razón social “Centro Educativo San Jerónimo”, en contra de las reformas a la Ley General de Educación (LGE) promulgadas en septiembre del 2019.

La escuela privada impugnó los artículos de la LGE que facultan a la SEP para intervenir y sancionar cuando hay aumentos no notificados de colegiaturas, argumentó que esto viola su derecho a la libertad de trabajo.

En el proyecto, presentado por el ministro Juan Luis González Alcántara Carrancá, se responde que el interés superior del menor y el derecho a la educación son las bases en que se fundan las atribuciones de la SEP para intervenir cuando haya un abuso en las relaciones comerciales entre las escuelas particulares y sus alumnos.

“Las disposiciones aquí reclamadas tampoco son violatorias del derecho fundamental a la libertad de trabajo de la quejosa, pues además de no limitar su ejercicio, se trata de una prerrogativa cuya titularidad corresponde única y exclusivamente a las personas físicas”, se responde en la propuesta de sentencia.

Sobre los artículos donde se habla que todos los planteles educativos forman parte del SNE, el ministro González aclara que esta disposición no debe interpretarse como una expropiación de las escuelas particulares a favor del Estado.

Explica que la propiedad privada está sujeta a modalidades, según el artículo 27 constitucional, donde se establece que el mecanismo de expropiación siempre debe acompañarse del pago de una indemnización, lo cual no es el caso en la LGE.

Por ello se reconoce que únicamente los planteles públicos integran el SEN “no así los bienes -muebles e inmuebles- que integran el patrimonio de los planteles privados que prestan servicio educativo, pues éste se rige de conformidad con el marco normativo aplicable a la propiedad privada”, señala el proyecto.

Este es el primero de varios amparos que escuelas particulares promovieron en contra de la actual LGE, modificada para revertir la llamada “Reforma Educativa” del sexenio anterior.

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