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Impugna Morena prohibición a AMLO de temas electorales en mañaneras

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El presidente Andrés Manuel López Obrador durante su conferencia matutina en Palacio Nacional, en la Ciudad de México, el 19 de enero de 2021. Foto Cuartoscuro
19 de enero de 2021 15:11

Ciudad de México. Morena impugnó el acuerdo del Consejo General del Instituto Nacional Electoral (INE) que prohíbe al presidente Andrés Manuel López Obrador referirse a las elecciones y los partidos en sus conferencias matutinas, y también solicitó al Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación ordene a los consejeros electorales prejuzgar sobre asuntos que no han sido resueltos.

Incluso, en la queja que interpuso el representante del partido en el instituto, Sergio Gutiérrez Luna, se pide dar vista al órgano interno de control en el órgano electoral para que inicie una investigación contra los consejeros Lorenzo Córdova, presidente del INE, y Ciro Murayama, titular de la Comisión de Quejas.

El diputado federal de Morena también pide que se apliquen sanciones administrativas a ambos consejeros por no abstenerse de votar en la sesión del viernes, a pesar de que -indica- ambos anticiparon públicamente el resultado del acuerdo que impide al mandatario referirse al proceso electoral.

Durante la sesión del viernes, el legislador pidió a los dos consejeros excusarse de participar, debido a que “estaban impedidos para ello”.

En las argumentaciones ante el tribunal electoral, Morena sostiene que el acuerdo aprobado tiene “la clara intención de censurar, silenciar y perjudicar al Presidente de México, pues es públicamente sabida su animadversión hacia el mismo, especialmente de los consejeros electorales Lorenzo Córdova Vianello y Ciro Murayama Rendón”.

Incluso señala que, al incluir a otros funcionarios, además del Presidente, en la medida inhibitoria de referirse a las elecciones, con efectos generales y obligatorios, es ilegal, “porque los efectos de las resoluciones cuando perjudican deben ser relativos, esto es vinculan solo a las partes que litigaron el asunto, pues estimar lo contrario implicaría condenar a esas personas sin haber sido oídos y vencidos en juicio en franca violación a la garantía de audiencia prevista en el artículo 14 de la Constitución”. Esto es, abundó, al haber vinculado a todos los funcionarios públicos el INE “creó normas generales en su perjuicio y en franca contravención de la garantía de audiencia y varió la litis del presente asunto”.

En el recurso se precisa que el Consejo General se excedió en sus funciones, al dictar medidas cautelares al Presidente sobre hechos futuros de realización incierta y sobre los cuales no hay certeza de que ocurran, esto es las declaraciones que hará o no el mandatario.

Evalúa que las medidas cautelares solo pueden adoptarse sobre hechos que, si bien no acontecen, serán de inminente realización.

“Sin embargo, en el caso concreto, no está acreditado que exista un peligro de que sucedan, ni que sean de inminente realización, por lo cual, el dictado de la tutela fue ilegal”, agrega. La representación d e Morena considera que, al no estar acreditada la existencia hechos presuntamente ilícitos, ni existir elementos para afirmar al menos de manera provisional su existencia, no sería lógico sostener la posibilidad manifiesta o real de que se repetirá la conducta denunciada, es decir las críticas del Presidente en su conferencia del 23 de diciembre, impugnada por el PRD.

 

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