El Juzgado Sexto de Distrito en Materia Administrativa en Ciudad de México desechó la demanda de amparo que promovió al dueño de Altos Hornos de México (AHMSA), Alonso Ancira Elizondo, contra las manifestaciones que el presidente Andrés Manuel López Obrador realizó en la conferencia de prensa del pasado 11 de diciembre sobre su proceso de extradición.
En su fallo el juez Francisco Javier Rebolledo Peña, señaló que el acto reclamado “de ninguna manera implica una afectación real y directa” en contra del empresario, es decir, no le causa “una afectación directa en su esfera de derechos, ni le causa perjuicio alguno, dado que son meras manifestaciones genéricas de la autoridad responsable en las que no vierte juicio alguno” en su contra.
Alonso Ancira tramitó el juicio de amparo el 28 de diciembre, donde sostuvo que los comentarios del Ejecutivo transgredieron el principio de presunción de inocencia, además de que impactó la imparcialidad judicial.
Al respecto el impartidor de justicia argumentó que los señalamientos del presidente no se traducen en una afectación o menoscabo al patrimonio jurídico de Alonso Ancira, pues se trata de la expresión de la autoridad responsable, en la cual no reconoce culpabilidad de delito alguno, además de que tampoco sostiene una opinión en la cual se transgreda el honor, fama o actuar del promovente y no emitió juicio de valor alguno, pues se limitó a responder de manera genérica lo que conoce del trámite del proceso de extradición respectivo.
No es la primera vez que le niegan una suspensión al empresario por un caso relacionado al acto reclamado. En septiembre del año pasado, el mismo juez en materia administrativo le negó una suspensión al dueño de AHMSA contra las manifestaciones que el presidente Andrés Manuel López Obrador hizo en su contra en las mañaneras.
En ese entonces, Alonso Ancira acusó al Ejecutivo de encabezar una persecución política que supuestamente violaba su presunción de inocencia en torno a la causa penal que enfrenta por el caso Agronitrogenados, pero para el juez no resultó procedente otorgarle la medida cautelar.