Las reformas constitucionales en materia ecológica y la Ley de Equilibrio Ecológico y Protección del Ambiente de Baja California Sur fue avalada por la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN), quien determinó que estas normas no invaden facultades exclusivas de la federación.
Por mayoría, el Pleno de ministros señaló que el establecimiento de áreas naturales protegidas estatales no es contrario a la constitución federal, pues la protección del medio ambiente es una facultad concurrente.
La única porción de la ley estatal que se invalidó fue la referente a la descarga de materiales o sustancias peligrosas, esto porque en primer lugar no se definía claramente esta categoría.
En la misma sesión, la SCJN también avaló las reformas a la Ley Estatal de Asentamientos Humanos de Hidalgo, donde se establece que los planes de desarrollo municipal deben ser inscritos en el Registro Público de la Propiedad.