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Emite CNDH recomendación a Sedena por tortura física y sexual en Michoacán

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La CNDH emitió la Recomendación 78/2020, dirigida al titular de la Sedena, por un caso de detención arbitraria, retención ilegal, actos de tortura y violencia sexual infligida en 2010 en contra de una persona, atribuible a elementos de la entonces Policía Judicial Militar, en Michoacán. Imagen tomada de Google Street View
31 de diciembre de 2020 12:35

La Comisión Nacional de los Derechos Humanos (CNDH) emitió la Recomendación 78/2020, dirigida al titular de la Secretaría de la Defensa Nacional (Sedena), Luis Cresencio Sandoval, por un caso de detención arbitraria, retención ilegal, actos de tortura y violencia sexual infligida en 2010 en contra de una persona, atribuible a elementos de la entonces Policía Judicial Militar, en el estado de Michoacán.

En un comunicado, el organismo público indicó que el 17 de abril de 2017 recibió la queja de una persona en la que manifestó que su hermano fue detenido y sometido a actos de tortura por elementos militares el 2 de abril de 2010.

La víctima dijo haber sido detenida por agentes de la entonces Policía Judicial Militar, y durante el tiempo que permaneció bajo su custodia, sufrió tortura física, psicológica y sexual, misma que fue acreditada tras practicarle el Protocolo de Estambul.

La víctima aseguró que los elementos militares lo acostaron boca arriba en un colchón y que cuando negaba pertenecer a “La Familia Michoacana” le pegaban en el estómago. Además, le colocaron un trapo en la cara, le mojaron los pies y le dieron descargas eléctricas.

Al investigar lo ocurrido, la CNDH acreditó que la víctima sufrió violaciones a sus derechos humanos a la libertad, a la integridad, a la seguridad personal y a la seguridad jurídica, y que los actos de tortura le ocasionaron lesiones físicas y daño sicológico.

Por lo anterior, la Comisión recomendó al titular de la Sedena la reparación del daño ocasionado a la víctima, conforme a lo establecido en la Ley General de Víctimas, así como colaborar en la presentación y seguimiento de la denuncia que se formule ante la Fiscalía General de la República, a fin de que se investigue y determine la responsabilidad de los elementos militares que participaron en los hechos.

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