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Ratifica TEPJF acuerdo del INE sobre elección de candidatos indígenas

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De manera virtual se realizó la sesión Pública del TEPJF
29 de diciembre de 2020 19:08

Ciudad de México. La Sala Superior del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF) ratificó el acuerdo del Instituto Nacional Electoral (INE) que amplió de 13 a 21 los distritos donde los partidos deben designar candidatos indígenas a diputado federal en la siguiente legislatura.

En la sentencia aprobada por unanimidad de votos en la sesión virtual de esta tarde, los magistrados también instruyeron al INE hacer extensivas este tipo de medidas a grupos sociales que tradicionalmente han sido colocados en desventaja

“Personas con discapacidad y todas aquellas comunidades o grupos que usualmente se han visto sub representados o en situación de vulnerabilidad y por virtud de ello no cuentan con representación legislativa, como la comunidad LGBTI+ o personas afro descendientes”, indicó la magistrada Mónica Soto Fregoso, al fundamentar su proyecto.

El acuerdo también da vista al Congreso de la Unión para que legisle en garantizar la debida representación política de todos los grupos en desventaja porque, señaló la magistrada, las medidas de esta tarde son temporales y el poder Legislativo tiene en sus manos hacer que sean realidad en una democracia inclusiva e incluyente.

El tribunal desechó así la impugnación de los partidos, que reclamaron el acuerdo del INE, de noviembre pasado, no obstante el tribunal instruyó al Consejo General que defina específicamente los distritos electorales que deberán asignarse a fórmulas de candidatos indígenas.

Soto Fregoso pidió tener presente que en la actual legislatura solo 13 diputaciones corresponden a personas indígenas, esto es 2.6 por ciento del total de la cámara, y que de ellos 10 son hombres y tres mujeres.

Definió que con su decisión, el INE reforzó y amplió esta acción afirmativa para mejorar condiciones que garanticen que mujeres y pueblos y comunidades indígenas cuenten con mayores condiciones de ser postulados y tutelar su acceso efectivo a la representación política, históricamente en situación de desventaja.

La Sala Superior desechó, en contraste, un recurso ciudadano que pedía que los partidos designen al menos 10 por ciento de candidatos a diputados federales a personas de la comunidad LGBTI+.

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