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Resoluciones en caso Guardería ABC no anulan ayuda vitalicia: CEAV

Familiares de los menores fallecidos en la Guardería ABC durante una protesta en Segob el pasado 12 de noviembre de 2020. Foto Roberto García
Familiares de los menores fallecidos en la Guardería ABC durante una protesta en Segob el pasado 12 de noviembre de 2020. Foto Roberto García
02 de diciembre de 2020 19:33

Ciudad de México. La Comisión Ejecutiva de Atención a Víctimas (CEAV) señaló que las resoluciones emitidas en torno a la reparación integral complementaria a familiares de los pequeños fallecidos en la Guardería ABC, “no anulan ni sustituyen” lo establecido en el Decreto firmado por el presidente Andrés Manuel López Obrador en marzo de este año.

En un comunicado, el organismo recordó que el mencionado decreto –suscrito en Hermosillo, Sonora— “otorga ayudas extraordinarias” con motivo del incendio ocurrido el 5 de junio de 2009 en esa ciudad.

Dichas ayudas, especifica el decreto, se establecen con carácter vitalicio, en condiciones de igualdad y son transferibles en caso de fallecimiento, en favor de niñas y niños que resultaron lesionados de forma permanente o que inhalaron humo o tóxicos y de sus madres, de las madres de los infantes fallecidos, de las maestras y de otros adultos que resultaron afectados en dicho incendio.

La ayuda extraordinaria vitalicia, subrayó la CEAV, es equivalente a la Pensión Garantizada, prevista en el artículo 170 de la Ley del Seguro Social.

Asimismo, el decreto agrega que las personas afectadas tienen derecho a atención médica vitalicia, a través del Seguro de Salud para la Familia; a becas para la educación de las niñas y los niños afectados; y al pago del consumo de la energía eléctrica que se genere en los domicilios en donde residan las niñas, niños y adultos que resultaron afectados.

De igual manera, le ordena al Instituto Mexicano del Seguro Social (IMSS) gestionar el pago del costo de los auxiliares de diagnóstico para verificar el estado de salud de los afectados, el de sus hijos y ascendientes en primer grado; así como el pago de erogaciones por atención médica, quirúrgica, hospitalaria, farmacéutica, psicológica y de rehabilitación.

Sumado a este decreto, “en ejercicio de sus atribuciones y facultades, la CEAV emitió 12 resoluciones en materia de reparación integral complementaria, conforme a criterios objetivos, utilizados en otros casos vinculados al mismo hecho victimizante, con montos por encima de los estándares internacionales”.

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