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Redefine la Corte límites del fuero militar en casos de corrupción

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Perspectiva de la sala de sesiones de la SCJN en imagen de archivo. Foto Pablo Ramos
02 de diciembre de 2020 19:55

Ciudad de México. La Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN), redefinió los límites del fuero militar en casos de corrupción, en los que la víctima sea un civil.

En votación dividida de tres contra dos, la Segunda Sala de la Corte otorgó amparo a un marino, acusado de solicitar favores sexuales a una civil, a cambio de ayudarla para pasar su examen médico para ingresar a las filas de la Secretaría de Marina (Semar).

El marino fue sancionado por el Consejo de Honor Superior de la Armada, y fue por ello que promovió el amparo, en busca de que su caso sea revisado por la Secretaría de la Función Pública (SFP), cuyo sistema considera le dará más oportunidades de defenderse.

La SCJN le dio la razón, señalando que ya se estipula en la Constitución que los militares acusados de delitos penales, en los que la víctima sea un civil, deben ser procesados en tribunales del fuero civil

El proyecto del ministro Javier Laynez Potisek, ordena por tanto que:” los órganos de disciplina naval no pueden ser competentes para conocer de los delitos o faltas a la disciplina militar cuando esté complicado un paisano, es decir, cuando la presunta víctima en los delitos o faltas sea una persona ajena a las fuerzas armadas.”

Este amparo solo beneficia al marino que lo promovió, sin embargo, sienta el primer precedente en la SCJN sobre asuntos similares.

 

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