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Invalida SCJN reformas electorales de Tlaxcala

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Sede de la Suprema Corte de Justicia de la Nación, en la Ciudad de México. Foto Marco Peláez / Archivo
30 de noviembre de 2020 15:17

La Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) invalidó en su totalidad las reformas en materia electoral aprobadas por el congreso de Tlaxcala apenas del 26 de agosto pasado, debido a que durante su discusión se incurrió en violaciones al proceso legislativo.

Por ocho votos contra tres, el Pleno de la SCJN señaló que la sesión donde se aprobó el Decreto 215, que reformó la ley electoral local, fue convocada por una mesa directiva electa en violación a la ley orgánica del poder legislativo de Tlaxcala.

El ministro ponente, Mario Pardo Rebolledo, expuso que dicha ley establece que la mesa directiva debe ser electa por una mayoría calificada de cuando menos 17 de los diputados locales, pero los integrantes de dicho órgano directivo solo fueron avalados por el voto de 15 de los legisladores presentes.

Debido a esta irregularidad, quedó invalidada toda la reforma y se ordenó la reviviscencia de la ley electoral anterior, cuyos preceptos deberán ser aplicados para la elección del próximo gobernador, diputados locales y 299 presidencias municipales de Tlaxcala.

Las reformas invalidadas contenían preceptos sobre el plazo de separación de los diputados locales que buscan su reelección, la integración de un lenguaje inclusivo y la paridad de género en las candidaturas a puestos municipales.

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