La Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) invalidó la Ley de Ingresos y el Presupuesto de Egresos del estado de Morelos para el 2020, debido a que en su aprobación se incurrió en violaciones graves al proceso legislativo, sin embargo, la medida no tendrá efectos retroactivos, por lo cual su repercusión será mínima.
Por mayoría de ocho votos, el Pleno de Ministros determinó que las leyes fiscales de Morelos para este año se aprobaron fuera del plazo constitucional, el cual terminó el 15 de diciembre de 2019.
En esa fecha, debido a que hubo protestas en el congreso estatal, los legisladores decretaron un receso, que duró 43 días, con lo cual el presupuesto fue aprobado hasta enero de este año.
Esto violó la constitución estatal y las normas legislativas del congreso local, por lo cual la SCJN consideró invalidas las votaciones y resoluciones tomadas en esa sesión por los diputados de Morelos.
Sin embargo, la repercusión de esta decisión será mínima, pues conforme al artículo 105 de la Constitución general, las declaratorias de invalidez de la SCJN al resolver acciones de inconstitucionalidad no pueden tener efectos retroactivos, a menos de que se trate de temas penales.
El ministro ponente, Alberto Pérez Dayán, explicó que esta invalidez no implica desconocer todos los pagos, acuerdos y gastos que ya se hicieron: “no afectará los actos jurídicos, autorizaciones, empréstitos, transferencias, operaciones, convenios, contratos y erogaciones generados y en proceso de ejecución, ni tampoco a la autorizaciones y obligaciones fiscales que surgieron al tenor de la Ley de Ingresos y del Presupuesto de Egresos invalidados”.
Hacia futuro, la invalidez declarada por la SCJN sólo tendrá efectos a partir del momento en que el Congreso y el Ejecutivo de Morelos sean notificados del fallo aprobado por los ministros, y para evitar la paralización del gobierno estatal, se ordenó la reviviscencia del presupuesto y la ley de ingresos del 2019.