Ciudad de México. La Sala Superior del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF) determinó que presidente Andrés Manuel López Obrador y su coordinador de comunicación social, Jesús Ramírez Cuevas, no vulneraron el principio de imparcialidad ni cayeron en promoción personalizada o utilización indebida de recursos públicos, al presentar el documento “Rescatemos a México”, atribuido a un supuesto Bloque Opositor Amplio (BOA), en una conferencia de prensa.
Con ello, confirmó la sentencia de la Sala Regional Especializada, en la que se señala que el documento no puede considerarse propaganda gubernamental, porque no da a conocer acciones de gobierno.
La Sala Especializada valoró que el documento se presentó en la conferencia de prensa matutina en el apartado de preguntas y respuestas formuladas por medios de comunicación, por lo que se trató de un legítimo ejercicio periodístico amparado por la libertad de expresión e información.
Aunado a ello, dijo que no se podía considerar que hubo propaganda electoral, ya que del análisis integral de su contenido y el contexto en que se presentó, no se desprendía que estuviera dirigido a influir en las preferencias comiciales de la ciudadanía para que vote a favor o en contra de algún partido político o candidatura en los procesos electorales 2020-2021.
Tampoco se advirtió que se realizara una exaltación de la figura o calidad del titular del Ejecutivo Federal.
Inconforme con esa resolución, el PAN acudió a la Sala Superior, la cual coincidió con la Sala Regional Especializada.