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Desecha SCJN recurso de Michoacán contra tarifas de autogeneración eléctrica

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Sede de la SCJN en la Ciudad de México. Foto Víctor Camacho / Archivo
28 de octubre de 2020 16:11

La ministra de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN), Norma Lucía Piña Hernández, desechó por notoria y manifiesta improcedencia la controversia constitucional promovida por el gobierno de Michoacán, en contra de una resolución de la Comisión Reguladora de Energía (CRE), que elevó las tarifas del servicio de transmisión de electricidad para las empresas privadas y entidades externas que autogeneran este insumo energético.

El gobierno michoacano interpuso contra este acuerdo una controversia constitucional, alegando que el aumento repercutirá en sus finanzas públicas, dado que desde el 2012 obtuvo permiso de la CRE como “permisionario para el autoabasto para la generación de energía hidroeléctrica”.

Cuando aprobó el acuerdo, la CRE afirmó que dichas tarifas estaban rezagadas y no representaban los costos reales que la Comisión Federal de Electricidad (CFE) tenía que asumir, cargos que en consecuencia eran cubiertos por el consumidor final.

Así lo expuso la CRE: “Con esta acción, permitimos que el Generador de Intermediación de Contratos Legados, recupere los costos de porteo, favoreciendo una competencia simétrica y justa para todos los regulados y beneficiando a los usuarios finales con menores tarifas.”

Sin embargo, los autogeneradores afirmaron que estos cambios aumentarán hasta en un 31 por ciento la tarifa que les cobra la CFE para poder conducir la electricidad, desde el lugar que la producen, hasta donde la consumen.

En su caso, el gobierno de Michoacán decidió impugnar la medida por vía de una controversia constitucional, la cual fue desestimada por la ministra Piña como improcedente, conforme a lo estipulado en el artículo 105 de la Constitución general.

Y es que el juicio de controversia constitucional está diseñado para resolver conflictos en donde poderes u órganos del Estado aducen la invasión de sus competencias, lo cual en este caso no ocurre, pues la autoridad estatal no tiene atribuciones legislativas en cuanto al manejo de la energía eléctrica.

El acuerdo de desechamiento señala que, si bien el gobierno de Michoacán puede sentirme agraviado por el alza de las tarifas, no es por la vía de la controversia que pueda combatirla.

 

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