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Publica DOF decreto sobre Comisión de Justicia para el Pueblo Yaqui

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Integrantes de la Guardia Tradicional del Pueblo Yaqui, en el pueblo Vicam, Sonora. Foto Cuartoscuro / Archivo
27 de octubre de 2020 10:49

El Instituto Nacional de los Pueblos Indígenas (Inpi) publicó en el Diario Oficial de la Federación el decreto por el que se crea la Comisión Presidencial de Justicia para el Pueblo Yaqui, del estado de Sonora, que tendrá como objeto analizar, diseñar y proponer un plan en la materia que atienda sus necesidades sobre tierras, territorio, agua y desarrollo integral. 

Asimismo, y en caso de que así lo acuerde la propia Comisión, podrá atender las mismas necesidades sobre los diversos pueblos indígenas reconocidos en el país. 

La Comisión, que dependerá directamente del Presidente de la República, estará integrada por los titulares de las dependencias y entidades del Poder Ejecutivo, quien tendrá el carácter de presidente honorario; el Instituto Nacional de los Pueblos Indígenas, como presidente ejecutivo, asimismo participan las secretarías de Hacienda y Crédito Público; de Bienestar; de Medio Ambiente y Recursos Naturales; de Agricultura y Desarrollo Rural; de Comunicaciones y Transportes, y de Desarrollo Agrario, Territorial y Urbano. 

De igual manera, la Procuraduría Agraria; el Registro Agrario Nacional; la Comisión Nacional del Agua, y el Fideicomiso Fondo Nacional de Fomento Ejidal. 

En el documento se precisa que los miembros integrantes de la Comisión podrán designar suplentes, quienes deberán tener un nivel jerárquico mínimo de director general u homólogo, se podrá invitar a representantes de las dependencias, entidades e instituciones públicas de los tres órdenes de gobierno y a representantes de instituciones encargadas de la difusión cultural indígena, quienes participarán en las sesiones con voz pero sin voto. 

También, participarán como invitados las comunidades Vícam, Primera cabecera; Pótam, Segunda cabecera; Loma de Guamuchil-Cócorit, Loma de Bácum, Tórim, Ráhum, Huírivis y Belem pertenecientes al Pueblo Yaqui, a través de los gobernadores tradicionales y sus secretarios electos conforme a sus usos y costumbres. 

Entre las funciones que tendrá la comisión está el investigar y realizar trabajos técnicos e informativos, encaminados a analizar la situación jurídica y social que guardan las tierras, territorios y aguas del Pueblo Yaqui y, en su caso, de los demás pueblos indígenas reconocidos en el país, así como las condiciones de desarrollo de las comunidades que los integran; solicitar a las dependencias, entidades e instituciones públicas de los tres órdenes de gobierno, que en el ámbito de sus respectivas competencias les correspondan, información relacionada con el cumplimiento del objeto del presente decreto. 

También, analizar las acciones que sean necesarias para hacer efectivas las medidas de justicia; proponer las acciones de análisis y diseño para el desarrollo integral de estas comunidades: así como solicitar la coadyuvancia de instituciones académicas, instancias de gobierno u organismos de la sociedad civil para sustentar sus informes y propuestas, y las demás que sean necesarias para el cumplimiento de su objeto. 

El presente decreto entrará en vigor al día siguiente al de su publicación en el DOF y estará vigente hasta el 30 de septiembre de 2024. La instalación de la Comisión se llevará a cabo dentro de los quince días hábiles siguientes a la entrada en vigor. 

Las erogaciones que, en su caso, se generen en el ámbito de la Federación se cubrirán con cargo al presupuesto autorizado para el ejercicio fiscal de que se trate y los subsecuentes al Inpi.

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