Ciudad de México. Un tribunal colegiado del primer circuito declaró infundado el recurso de queja que interpuso César Duarte Jáquez, luego de que un juez federal rechazó a trámite el juicio de amparo contra la solicitud de detención provisional con fines de extradición internacional, así como la petición formal de extradición internacional.
Por unanimidad, el Octavo Tribunal Colegiado en materia Penal confirmó la resolución de la juez María Dolores Núñez Solorio, titular del Juzgado Cuarto de Distrito de Amparo en materia Penal, quien desechó parcialmente la demanda de garantías del ex gobernador de Chihuahua, al señalar que la petición formal de extradición internacional no le produce una situación de indefensión, ya que es una petición de un Estado a otro que, en ejercicio de su soberanía, decidirá su procedencia.
“No se deja en estado de indefensión al demandante constitucional ante la'"posible' petición de extradición, pues con base en lo expuesto, es al Estado requerido, y no al requirente, al que le corresponde revisar la legalidad de la solicitud, esto es, que se haya emitido de conformidad con el tratado bilateral, a través de su procedimiento administrativo interno” señala la sentencia.
Los abogados de Duarte Jáquez dijeron que la juez federal Núñez Solorio debió admitir la demanda contra la petición formal de extradición, ya que, si bien a la fecha de su presentación no existía, lo cierto es que su ejecución es futura pero inminente.
La defensa legal agregó que la impartidora de justicia pasó por alto que la petición formal de extradición es susceptible de ser analizada a través del juicio de amparo, toda vez que ésta deriva de la orden de aprehensión librada contra el quejoso.
Sin embargo, los magistrados determinaron que la juez Núñez Solorio actuó de forma correcta, motivo por el cual calificaron de infundados e inoperantes los agravios del ex mandatario de Chihuahua.