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Programa de restructuras es opcional para bancos, reitera la CNBV

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La Comisión Nacional Bancaria y de Valores reiteró que los programas de restructuras de crédito para deudores que han tenido afectaciones en sus ingresos por la pandemia de Covid-19 serán opcionales para las instituciones bancarias. Foto ‘La Jornada’ /Archivo
15 de octubre de 2020 11:15

Ciudad de México. La Comisión Nacional Bancaria y de Valores (CNBV) reiteró que los programas de restructuras de crédito para deudores que han tenido afectaciones en sus ingresos por la pandemia de Covid-19 serán opcionales para las instituciones bancarias.

Además, el organismo regulador hizo oficial modificaciones a las primeras medidas anunciadas en septiembre sobre los planes de restructuras, luego que la Asociación de Bancos de México (ABM) rechazó sacrificar parte de sus ganancias para hacer quitas de capital a las personas que se sumen al segundo paquete de medidas.

“Será opcional para las instituciones de crédito realizar restructuraciones de créditos, aplicando las Facilidades Contables Covid o realizarlas sin sujetarse a ellas”, refirió la CNBV en un comunicado.

Las medidas modificadas

Ratificó que esta segunda etapa las facilidades regulatorias temporales podrán ser aplicables a los créditos que hayan sido otorgados a más tardar al día 31 de marzo de 2020, y que estén contabilizados como vigentes a esa fecha y cuyo pago, a más tardar al día 31 de enero de 2021, se haya visto afectado con motivo de la epidemia.

Detalló que las reestructuras deberán quedar debidamente formalizadas, según lo que más adelante se establece, dentro de un plazo que vencerá precisamente el día 31 de enero de 2021 y cada una de ellas o cualquier renovación deberá estar sustentada en la evaluación de la capacidad de pago del acreditado para liquidar el crédito en el plazo previsto en la restructura correspondiente, debidamente justificada y documentada.

Así, en el caso de los créditos con pagos periódicos de principal interés, se hará una disminución de 25 por ciento respecto del importe de los pagos previos por un plazo de hasta 48 meses, y si se excede ese lapso de tiempo, la reducción será de 20 por ciento.

Para los créditos de pago único de principal al vencimiento y pagos periódicos de intereses la baja en la mensualidad será de 25 por ciento a un lapso de 12 meses y si se excede la reducción de la mensualidad será de 15 por ciento. En los créditos a la vivienda, la baja es de 25 por ciento por un lapso de 15 años y de 15 por ciento si se pasa de ese tiempo.

En el caso de los microcréditos, se harán reducciones de 25 por ciento en los financiamientos máximos a 15 años y de 15 por ciento si el plazo a saldar es mayor.

Tarjetas de crédito y Buró de Crédito

Para los usuarios de tarjeta de crédito se harán reducciones de 25 por ciento respecto del pago mínimo sin considerar pagos vencidos, comisiones, sobregiros, siempre y cuando se hubiere dispuesto de hasta 20 por ciento de la línea de crédito autorizada; y de 20 por ciento si se hubiese dispuesto más de ese monto. La ampliación máxima es de 60 meses.

“Será discrecional para las instituciones de crédito otorgar quitas, condonaciones, bonificaciones o descuentos, pero en todo caso, las mismas deberán incentivar el pago de los créditos que sean restructurados o renovados. Las Facilidades Contables Covid no tendrán aplicación retroactiva”, apuntó la CNBV.

El organismo apuntó que los bancos no podrán establecer el cobro de ninguna comisión por motivo de renovación o de restructura.

Los financiamientos que apliquen restructura y estén al corriente de sus pagos no tendrán ninguna marca en las instituciones de crédito; aquellas con créditos vigentes pero con atrasos tendrán una marca tipo RA y los vencidos que cayeron en esta categoría desde el 21 de marzo de 2020 será la misma.

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