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SCJN invalida "cláusula de gobernabilidad" de leyes electorales de Jalisco

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Sede de la Suprema Corte de Justicia de la Nación en la CDMX. Foto Marco Peláez / Archivo
29 de septiembre de 2020 15:38

La Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) eliminó la llamada “cláusula de gobernabilidad” que se mantenía en las leyes electorales de Jalisco, un mecanismo por el cual se le daba al partido con más votación, un cinco por ciento adicional, para efectos de la asignación de diputaciones por representación proporcional, argumentando que de esta manera se le aseguraba una mayoría legislativa que le permitiera ejercer más fácilmente su gobierno. 

Por mayoría y sin necesidad de debates, el Pleno aprobó la propuesta del ministro ponente, Mario Pardo Rebolledo, donde se señala que dicha cláusula viola los principios de proporcionalidad y pluralidad que la Constitución federal establece en sus artículos 40, 54, 116 y 133. 

Esta disposición de la ley electoral de Jalisco fue impugnada mediante acciones de inconstitucionalidad promovidas por el partido local Somos, así como por Morena y el PRD, quienes señalaron que la “cláusula de gobernabilidad” fue eliminada de las normas federales por violar los principios democráticos, sin embargo, se mantenía aún vigente en esa entidad. 

El ministro Pardo Rebolledo recordó que desde el año 2000, la SCJN determinó que la gobernabilidad no es solo unilateral sino también multilateral, siendo esta última la que se ejerce desde los congresos estatales, en donde la asignación de escaños debe privilegiar sobre todo el voto ciudadano expresado en las urnas. 

Con esta determinación, la SCJN terminó de resolver las impugnaciones a las leyes electorales de Jalisco, luego de que en la víspera también declaró que fue inconstitucional la decisión del congreso local de modificar el calendario para los comicios estatales del año próximo. 

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