La Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) otorgó al Senado la suspensión que había solicitado en contra de las modificaciones al estatuto orgánico del Instituto Federal de Telecomunicaciones (IFT), que permitían a sus comisionados nombrara a los directores generales y coordinadores de este organismo, sin intervención del presidente interino.
El Senado impugnó ante la Corte estas reformas al estatuto del IFT, alegando que sus comisionados se habían excedido en sus funciones: “resulta claro que al tratar de legislar en una materia que no tiene que ver con su carácter de regulador, los Comisionados del IFT están violentando el orden legislativo constitucional, excediéndose en sus funciones y con ello convirtiéndose en legislador de materias ajenas a su función de órgano regulador en materia de Telecomunicaciones”.
El estatuto del IFT permitía a su presidente hacer estos nombramientos libremente, sin embargo, esta facultad fue acotada para quien ocupe este cargo de manera interina.
La controversia promovida por el Senado fue admitirá a trámite por el ministro Fernando Franco, el 31 de julio pasado, sin embargo, le negó al Senado la suspensión que había solicitado, por lo que este órgano legislativo interpuso un recurso de reclamación, el cual fue aprobado por la Segunda Sala de la SCJN.
La decisión implica que el nuevo estatuto del IFT quedará sin efectos, hasta que la SCJN resuelva el fondo de esta controversia.
La medida permitirá al actual presidente interino del IFT, Adolfo Cuevas Tejeda, nombrar a los directivos del instituto, sin necesidad de la aprobación del resto de los consejeros.