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SCJN invalida disposición sobre propaganda electoral de Querétaro

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Recinto de la Suprema Corte de Justicia de la Nación. Foto Marco Peláez / Archivo
21 de septiembre de 2020 17:43

Ciudad de México. La Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) invalidó la prohibición que existía en la Ley Electoral de Querétaro para poder pintar propaganda electoral en propiedad privada, aún cuando se cuente con el permiso del dueño del inmueble.

Al concluir este lunes con el análisis de la acción de inconstitucionalidad presentada por el partido político Morena, en contra de las reformas electorales en Querétaro, la SCJN señaló que esta disposición sobre la propaganda electoral suponía una restricción al derecho de libre expresión.

El Pleno de Ministros también invalidó otra disposición que limitaba los derechos de las coaliciones para aparecer en las boletas electorales, esto porque regular este tipo de acuerdos entre partidos políticos es facultad exclusivamente federal.

La SCJN avaló la mayoría de los artículos impugnados, que tiene que ver con materias como el tope de gastos de campaña y precampañas, la regulación de los debates organizados por medios de comunicación y los requisitos para declarar válida una elección.

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“No es recomendable, no sólo por cuestiones estéticas y culturales, o su enorme costo para el erario, sino porque es un proyecto no inclusivo”, dijo.

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