La Corte admitió a trámite la acción de inconstitucionalidad promovida por este tema por la Comisión Nacional de Derechos Humanos (CNDH) en donde impugna “Los artículos 114 Quáter, 114 Quinquies, 114 Octies, fracciónes II, inciso a) -salvo su numeral 2- y b), y III, 232 Bis y 232 Ter de la Ley Federal del Derecho de Autor, así como de los diversos 427 Bis, 427 Ter y 427 Quáter del Código Penal Federal, adicionados mediante sendos Decretos publicados en el Diario Oficial de la Federación el 01 de julio de 2020.”
La CNDH advierte en estas reformas “posibles violaciones a la libertad de expresión, al derecho de propiedad, a la libertad de comercio o trabajo y a derechos culturales“.
Esta acción de inconstitucionalidad fue promovida por la CNDH luego de la campaña #NiCensuraNiCandados, organizada por asociaciones civiles que denunciaron que el TMEC incluye penas de cárcel por grabar o transmitir una copia ilegal de una película, sin autorización del titular de sus derechos de autor.
Los promoventes de esa campaña afirmaron que estas normas fueron incorporadas al TMEC como una copia de la Ley de Derechos de Autor para Medios Digitales en el Nuevo Milenio, aplicable en los Estados Unidos desde 1998.