Ciudad de México. La Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) admitió a trámite la acción de inconstitucionalidad promovida por la Comisión Nacional de Derechos Humanos (CNDH) en contra de la aprobación del pin parental en el estado de Aguascalientes.
En su escrito, la CNDH impugna la reforma publicada en mayo pasado, que incluyó un quinto párrafo en el artículo 4º de la Ley de Educación de esa entidad, que obliga a las autoridades escolares a avisar a los padres de los alumnos cuando vayan a tocar en clase temas “en rubros de moralidad, sexualidad y valores” a fin de que autoricen si sus hijos asistirán o no a esos cursos.
La CNDH advierte que esta limitación podría incidir negativamente en los derechos de los alumnos menores de edad y lesionar el interés superior de la niñez y el derecho a la igualdad.
Por ello, solicita a la SCJN que analice si el pin parental lesiona las garantías de los menores para acceder a información científica sobre la naturaleza y acerca del funcionamiento de sus propios cuerpos.
Esta impugnación fue acumulada con las que presentó la Comisión de Derechos Humanos del Estado de Aguascalientes (CDHEA) y diputados de minoría de esta entidad, que impugnan las mismas reformas, y que ya fueron admitidas a trámite la semana pasada.