Consejeros del Instituto Nacional Electoral (INE) pidieron que el Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación defina en qué medida la forma de informar del actual gobierno federal es compatible con el modelo de comunicación política vigente en la Constitución y las restricciones que este tiene.
Al resolver una queja del PAN contra el presidente Andrés Manuel López Obrador por la presentación el pasado 5 de abril de un informe sobre sus actividades, dijeron esperar que los magistrados pronto delimiten el tema.
Claudia Zavala y Ciro Murayama, integrantes de la Comisión de Quejas y Denuncias del INE, destacaron que este asunto merece un pronunciamiento jurisdiccional, y recordaron que su origen está en la reforma al 134 constitucional de 2007, cuando el legislativo trato de evitar que recursos públicos en manos de servidores públicos, se usaran para la promoción personalizada.
Por lo que hace a la solicitud del PAN de dictar medidas cautelares en su vertiente de tutela preventiva contra el jefe del ejecutivo federal por la presunta violación al artículo 134 de la Constitución, la comisión determinó improcedente la petición.
En su queja, Acción Nacional estimó que en el citado evento se hizo un uso indebido de recursos públicos, se cayó en promoción personalizada y se vulneraron las normas que rigen la rendición de informes de labores.
Por votación unanimidad, los integrantes de la comisión determinaron que desde una perspectiva preliminar y bajo la apariencia de buen derecho, el evento no reunió las características de un informe de labores, pues no se advirtió el despliegue de una campaña publicitaria.
El criterio adoptado sigue el precedente de la Sala Regional Especializada del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF), al resolver el procedimiento especial SRE-PSC-69/2019, en donde determinó que el informe rendido por el Presidente de la República por el primer aniversario de su triunfo electoral fue un ejercicio de rendición de cuentas y no un informe de labores, al no reunir las características legales de éste.
De igual forma y de manera preliminar, los consejeros señalaron que no se advirtieron elementos para estimar la promoción personalizada o que tuviesen fines o connotaciones electorales o partidistas.