Ciudad de México. La Sala Superior del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF), revocó y dejo sin efectos un oficio que emitió la Comisión Nacional de Honestidad y Justicia (CNHJ) de Morena, sobre el inicio y la duración de los cargos de la dirigencia interina de esta fuerza política.
Argumentó que la CNHJ no cuenta con atribuciones para emitir criterios de interpretación respecto de actos y determinaciones que no le son propios.
Resaltó que a la Comisión Nacional de Honestidad y Justicia le corresponde resolver las consultas que le planteen los militantes, en cuanto a la interpretación de las normas contenidas en los documentos básicos de Morena, sin que tengan un carácter vinculante.
El 26 de junio pasado, un militante consultó vía escrita a la CNHJ sobre la duración y permanencia de los integrantes del Comité Ejecutivo Nacional (CEN) elegidos por el Congreso Nacional de la fuerza política, el 26 de enero pasado, y si la contingencia sanitaria por el COVID-19 podría incidir en ese periodo.
La instancia partidista respondió que los miembros del CEN deben seguir en su cargo hasta que concluya el proceso de renovación de la próxima dirigencia nacional.
Tras la respuesta del 13 de julio emitida por la Comisión, otro militante interpuso un juicio ciudadano ante la Sala Superior, por considerar que se vulneraron sus derechos político-electorales al invadir dicha instancia competencias del Congreso Nacional y del Consejo Nacional de Morena.
Al resolver la impugnación, los magistrados dejaron sin efectos el oficio.