Las exenciones fiscales que gozan las asociaciones civiles sin fines de lucro no pueden llevarse al extremo de que el Estado asuma la carga económica que estas suponen, así lo advierte un proyecto de sentencia que se discutirá este miércoles en la Primera Sala de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN).
Se trata de un amparo promovido por una asociación protectora de animales, quien buscaba quedar exenta del pago de impuestos en la compra de alimento para mascotas.
La Corte ya ha declarado válido el Impuesto al Valor Agregado (IVA) del 16 por ciento aplicable en la compra de alimentos procesados para perros, gatos y pequeñas especies, sin embargo, en este caso la asociación buscaba que se le autorizara una rebaja en este gravamen, o en el Impuesto Sobre la Renta (ISR), en razón de que las actividades que realiza son altruistas, sin fines de lucro y en beneficio de la sociedad.
El proyecto de resolución, elaborado por la ministra Norma Lucía Piña Hernández, advierte que las excepciones en el cobro de impuestos para las asociaciones civiles están delimitadas en las respectivas leyes del ISR y el IVA y no es posible en ningún caso ir más allá del texto legal por casos particulares: “de lo contrario llevaría al extremo de suponer que el Estado deberá soportar la carga económica de cualquiera que decida conformar una asociación o sociedad civil, sin ánimo de lucro, sólo por la falta de recursos para su sostenimiento.”
Para que este proyecto sea aprobado, deberá obtener los votos de cuando menos tres de los cinco ministros de la Primera Sala.