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Sancionará SSC uso excesivo de fuerza de elementos en protestas

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Se determinará la sanción administrativa que aplicará a los efectivos en caso de que no respeten los derechos humanos de los manifestantes. Foto LA JORNADA/Pablo Ramos
04 de agosto de 2020 17:21

Los elementos de la  Secretaría de Seguridad Ciudadana (SSC) de la Ciudad de México que realicen acciones fuera del nuevo protocolo para la atención de marchas y protestas en la capital como uso excesivo de la fuerza serán sancionados con una amonestación de hasta 36 horas, suspensión temporal o destitución en el cargo.

La dependencia señaló que capacitará a los uniformados que participen en las movilizaciones en las que el protocolo refiere que “hay tipos de resistencia que pudieran adoptar los manifestantes: activa, pasiva o de alta peligrosidad”.

La Dirección General de Asuntos Internos de la SSC determinará la sanción administrativa que aplicará a los efectivos en caso de que no respeten los derechos humanos de los manifestantes o que recurran al abuso de la fuerza policiaca.

En  su caso, dará vista a la Fiscalía General de Justicia local para que aplique remita el caso a un agente del ministerio público que determinará la sanción penal.

La dependencia informó que se fortalecerá la capacitación de los uniformados no sólo en cuestiones físicas, sino piscológicas, técnicas y tácticas.

Entre los siete puntos que rigen la actuación policiaca se prioriza garantizar  la libertad de expresión y manifestación de manera pacífica; obedece el marco jurídico sobre el uso de la fuerza como lo es la Ley Nacional sobre Uso de la Fuerza, en lo que compete al contexto de las movilizaciones sociales.

Además de que los efectivos atenderán  “las características particulares, a través de medidas diferenciales especializadas, de cada grupo que se movilice: origen étnico, género, edad, discapacidad, condición social, preferencia sexual, etcétera”.

La SSC indicó en un comunicado que “ privilegia la colaboración interinstitucional entre las dependencias que cuentan con atribuciones para atender el tema de las movilizaciones y manifestaciones; y se establece el procedimiento para poner a disposición de la autoridad competente a una persona que sea detenida en flagrancia por cometer alguna infracción o delito”.

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