Ciudad de México. La Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) declaró infundado un recurso de queja que impugnaba la forma en que fue designado el ministro Juan Luis González Alcántara Carrancá, como miembro de este máximo tribunal.
Este proceso fue impugnado vía amparo por la Fundación para la Justicia y el Estado Democrático de Derecho, quien argumentó que el Senado de la república no le dio oportunidad de exponer su opinión sobre los candidatos para ocupar la vacante que dejó en la SCJN el ministro José Ramón Cossío Díaz.
El amparo fue desechado desde el juzgado de primera instancia debido a la falta de interés jurídico y legítimo de la quejosa, esto es, que la asociación que promovió el juicio no pudo demostrar que en el proceso para la designación del ministro González se haya violado alguna ley o se hubiera causado afectación en su esfera jurídica.
En el proyecto de resolución, elaborado por la ministra Norma Lucía Piña Hernández, se señala que “Tampoco se advierte cómo la designación de un Ministro de este Alto Tribunal y la falta de participación de la quejosa en dicho proceso, le impide a ésta desarrollar su objeto social, es decir le impide defender, difundir, atender y promover los derechos fundamentales, el acceso a la justicia y la rendición de cuentas, así como defender y representar a las personas violentadas.”
En la discusión de este tema, el ministro Juan Luis González se declaró impedido de participar, para no ser juez y parte de la decisión que, al final, dejó vigente su designación.