Ciudad de México. La Suprema Corte de Justicia de la Nación determinó que la Ley General de Responsabilidades Administrativas (LGRA), promulgada el 18 de julio de 2016, entró en vigencia plena a partir del 19 de julio de 2017, según la interpretación de su artículo tercero transitorio.
La Segunda Sala de la SCJN resolvió este miércoles una contradicción de tesis sobre la interpretación diferente que dos tribunales colegiados hacían de este transitorio, que sujeta la vigencia completa de la LGRA a varios pasos previos.
Por ejemplo, en el tercer párrafo se señala que “El cumplimiento de las obligaciones previstas en la Ley General de Responsabilidades Administrativas, una vez que ésta entre en vigor, serán exigibles, en lo que resulte aplicable, hasta en tanto el Comité Coordinador del Sistema Nacional Anticorrupción, de conformidad con la ley de la materia, emita los lineamientos, criterios y demás resoluciones conducentes de su competencia.”
Los retrasos en la implementación del Sistema Nacional Anticorrupción son los que originaron interpretaciones diferentes sobre las fechas de su completa entrada en vigor.
La tesis aprobada por la Segunda Sala de la SCJN, en votación dividida de dos contra tres, señala: “En materia de responsabilidades administrativas de los servidores públicos, cuando la infracción hubiera ocurrido antes del 19 de julio de 2017, sin que se hubiera iniciado el procedimiento de responsabilidad, es aplicable para el procedimiento disciplinario la Ley General de Responsabilidades Administrativas, de acuerdo a la interpretación del artículo tercero transitorio de esa normativa.”