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Conceden suspensión a Libre Abordo contra congelamiento de cuentas

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Libre Abordo firmó un acuerdo con PDVSA el año pasado para suministrar maíz y camiones para distribuir agua. Foto AFP / archivo
08 de julio de 2020 16:45

El Juzgado Décimo Cuarto de Distrito en Materia Administrativa en Ciudad de México concedió una suspensión provisional a la empresa mexicana Libre Abordo, contra el congelamiento de sus cuentas bancarias por parte de la Unidad de Inteligencia Financiera (UIF).

La suspensión es para efecto de que disponga de los fondos bancarios que tiene en la cuenta de Banamex hasta en tanto se resuelve si el juez le otorga o no el amparo definitivo, sin embargo negó la suspensión en otras cuentas debido a que  presentó copias simples de los contratos.

El 18 de junio pasado, el Departamento del Tesoro de Estados Unidos, sancionó  la compañía por participar en un esquema para revender en el extranjero 30 millones de barriles de petróleo venezolano, a cambio de surtir a ese país 210 mil toneladas de maíz y mil camiones cisterna.

En el fallo, Víctor Luna Escobedo, titular del Juzgado Decimocuarto en materia Administrativa, señaló que la media cautelar no surtirá efectos si el bloqueo se llevó a cabo a partir del cumplimiento de una petición del gobierno extranjero o la ejecución de una resolución adoptada por un organismo internacional o agrupación intergubernamental cuyas atribuciones fueron reconocidas con base en una obligación asumida por el Estado mexicano.

Tampoco surtirá efectos si el embargo de las cuentas bancarias si derivan de una orden dictada dentro de una averiguación previa o carpeta de investigación por parte del Ministerio Público federal, así como de la de la representación social de alguna de las entidades federativas, incluyendo la Ciudad de México “o bien la orden dictada por un juez del orden penal, ya sea porque los fondos de las cuentas bancarias son producto de la comisión de actos delictivos”.

Y es que el juez refirió que la UIF podría no desbloquear la cuenta en Banamex, pero tendrá que probar que hay una solicitud expresa de un gobierno extranjero para mantenerla congelada. 

La empresa manifestó tener conocimiento de su designación en Estados Unidos, realizada por la Oficina de Control de Bienes Extranjeros (OFAC) del Tesoro por los medios de comunicación, sin tener alguna notificación oficial de la medida.

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